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Funcionarios de Air-e trabajan en el reconexión de los circuitos afectados en el sur de Barranquilla.
Funcionarios de Air-e trabajan en el reconexión de los circuitos afectados en el sur de Barranquilla. | Foto: Archivo Particular - Cortesía

Colombia

No caiga en la trampa: estas son las reconexiones de servicios públicos ilegales

Dentro de las leyes hay circunstancias en las que no se puede exigir un pago. Los usuarios se pueden defender ante malos procedimientos.

5 de octubre de 2023 Por: Redacción El País

Una de las cosas comunes en Colombia es que se cobre por la reconexión de algún servicio público. Hasta $80.000 pesos. Ese es el precio que cobran algunas operadoras de telefonía o empresas encargadas de esta prestación de servicio a sus clientes. Estos últimos, se ven enfrentados a esta situación cuando se olvidan de pagar las facturas o no tienen el dinero para hacerlo. Es ahí cuando entra en juego la mencionada reconexión.

No obstante, parece que la única realidad es que la reconexión de servicios públicos es ilegal cuando no se cumplen las condiciones establecidas. Esta es una determinación de la Ley 142 de 1994. Esta reza el régimen de servicios públicos domiciliarios. Es por eso que las personas deben estar al pendiente de cuando les hacen reconexiones en sus servicios. Pues en ocasiones, las cosas no salen de la mejor manera y genera más gastos a futuro.

Actualmente, la empresa de servicios públicos más importante del suroccidente colombiano cuenta con 5.000 colaboradores, cifra que incluye a contratistas.
Actualmente, la empresa de servicios públicos más importante del suroccidente colombiano cuenta con 5.000 colaboradores, cifra que incluye a contratistas. | Foto: Cortesía de Emcali.

¿Cuándo un cobro de reconexión de servicio público es ilegal?

Según la norma, los cobros por reconexión que tienen validez son los que requieren que la empresa incurra en algún gasto para cortar y luego restablecer el servicio. Es importante precisar que en la mayoría de los servicios no quieren que un operador asista personalmente a la residencia para cortarlos. Un ejemplo de ello son las empresas de telecomunicaciones como Claro, ETB, Tigo, entre otras. Dichas compañías pueden activar y desactivar su servicio desde sus centrales.

Debido a esto, no incurren en ningún tipo de gasto. Es por eso que cobrarle la reconexión al cliente es un acto de ilegalidad. En las últimas horas, Stephanie Rendón, abogada, indicó en su cuenta de TikTok lo que se debe hacer cuando a las personas les hacen un cobro por reconexión ilegal. Un paso a paso que los clientes deben tener al pendiente para este tipo de situaciones que se pueden presentar en cualquier momento.

 Solo en 2022, Tigo-UNE registró pérdidas que superaron los 400.000 millones de pesos. Según Millicom, se requiere una capitalización de 150 millones de dólares.
Tigo es una de las empresas que no debe realizar cobros de reconexión. De hacerlo, sería ilegal. | Foto: Getty Images/iStockphoto

Para oponerse a estos gastos de reconexión no es solamente en telefonía e internet sino en general con todos los servicios públicos porque hay sentencias de tutela, la T1108 de 2002 y la T793 de 2012, dicen que antes de la suspensión de los servicios públicos tiene que notificar, no solamente en la factura diciendo que me van a cortar, sino que me tiene que informar cuáles son los recursos que caben”, señaló la jurista.

¿Qué hacer si no avisaron de la suspensión del servicio público?

En este punto, Stephanie Rendón también explicó que las sentencias mencionadas obligan a las empresas a notificar previamente al usuario. Ahí debe estar especificado cuando se va a hacer la suspensión del mismo servicio. En caso de que el proceso no se efectúe de la manera correcta, el cobro de reconexión automáticamente se vuelve ilegal. Ahí es cuando el usuario tiene derecho a llamar para pedir que le reintegren el servicio sin ningún costo.

En varios frentes, la empresa Claro tiene ofertas laborales en Colombia
La empresa Claro es otra de las que no puede hacer cobros por reconexiones. | Foto: Getty Images / Mauro Pimentel

Esto último es respaldado por los artículos 130, 140, 152, 153, 154 de la Ley 142 de 1994, los artículos 18 y 19 de la ley 689 del 2001 y artículos 44 y 47 del Código Contencioso Administrativo. “Entre los derechos de los usuarios protegidos por el derecho fundamental al debido proceso administrativo, se encontraba el derecho a instaurar un recurso, a ser notificado de los actos contra los que dichos recursos cabían y a ser informado debidamente a los recursos procedentes”, concluyó la experta.

De esta manera, las personas ya tienen una base importante para poder identificar esta situación. La reconexión podría ser anulada o no cobrada cuando se hace un mal procedimiento. Por eso, los usuarios deberán estar atentos a los movimientos que ejecute su operador al momento de realizar este tipo de cobros ilegales, si la situación así lo amerita.

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