Colombia
Procuraduría pide gratuidad para la libreta militar de víctimas del conflicto armado. ¿En qué casos?
El pronunciamiento de la Procuraduría se da tras una reunión que sostuvo la Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz con los miembros del Sistema Jurídico Integral del Ejército.
Según cifras de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, en el 2022 cerca de 15 mil jóvenes víctimas del conflicto armado no habían podido definir su situación militar, generando una barrera para que puedan acceder a programas de empleo formal. Hasta el momento, 550 jóvenes víctimas han podido obtener su libreta.
Tras lo anterior, la Procuraduría General de la Nación le pidió al Ejército Nacional dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (1448 de 2011 art. 140), que indica que las víctimas del conflicto armado están exentas de la obligación de prestar el servicio militar.
El ente de control reiteró la necesidad de que se le garantice a esta población la expedición de la libreta militar de manera gratuita. El pronunciamiento de la Procuraduría se da tras una reunión que sostuvo la Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz con los miembros del Sistema Jurídico Integral del Ejército.
La Procuraduría afirmó que es fundamental que la condición de víctimas del conflicto sea reconocida durante las jornadas de reclutamiento que se adelantan en los distintos distritos militares del país, pues en la práctica han encontrado muchas barreras para que se les garantice ese derecho contemplado en la ley.
En dicha reunión, el Ministerio Público invitó al Ejército a hacer parte de un acuerdo interinstitucional que permita que en cada Centro Regional de Atención a Víctimas haya presencia de uniformados que orienten a las víctimas sobre los pasos a seguir para resolver su situación militar.
¿Qué va a pasar con el servicio militar?
Una de las promesas de campaña que expuso en su momento el actual presidente Gustavo Petro fue la eliminación del servicio militar obligatorio, pero aún no se conoce a ciencia cierta cuándo y cómo se podrá materializar esa medida en Colombia.
Pero, el pasado 10 de mayo el Presidente Petro empezó a aterrizar sus ideas para lograr materializar su propuesta de eliminar el servicio militar en el país, en medio de un proceso de transformación que, según aseguró, ya se empezó a dar en las Fuerzas Militares.
El jefe de Estado indicó que la apuesta que tiene su Gobierno del Pacto Histórico es el de otorgar opciones de estudio para una profesionalización, además de buscar los mecanismos que permitan aumentar el salario de los soldados.
“Quiero que el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, y el ministro de Defensa, Iván Velásquez, o un comité de funcionarios se reúnan ahora dadas las circunstancias presupuestales para examinar un salto en la asignación de los soldados regulares”, sostuvo Petro.
Y agregó: “Y creo que puede ir pasando hacia la profesionalización del Ejército en el tiempo, nosotros no podemos anular el servicio militar y profesionalizar sin tener plata, entonces hay que hacerlo progresivamente, porque si se anula lo uno y lo otro no crece, ahí sí que le dejamos el territorio a la economía ilícita”.
Libreta militar: estos son los tipos disponibles en Colombia para el año 2023
En Colombia existen dos tipos de libreta militar; la de primera clase, que se otorga a aquellas personas que prestaron su servicio por un periodo mínimo de nueve meses en algún lugar del país, y la de segunda categoría, que es para quienes no son aptos o resultaron exentos.
Los hombres mayores de edad que no posean este documento pueden tener algunos inconvenientes por carecer de él, como sanciones económicas y serias complicaciones a la hora de obtener un puesto de trabajo.
Tenga presente que en caso de no poseer la libreta militar, la empresa pública o privada en la que aspire a un cargo sí podrá contratarlo, pero podrá fijarle un plazo máximo de 18 meses para que adjunte la documentación que acredite la manera en la cual quedó definida su situación.
Así lo establece el artículo 42 de la Ley 1861 de 2017, en el que se indica que ninguna entidad de carácter público o privado le podrá exigir a un ciudadano que presente la libreta militar como requisito para contratarlo. Sin embargo, estipula el plazo máximo de un año y medio para adjuntarla, o al menos certificar que se encuentra en trámite, liquidación o ya tiene una citación fijada para definir su situación o incorporarse.
Es importante presentarse con la cédula de ciudadanía a un distrito militar y conocer en cuál situación se encuentra. En el caso de que sea en condición de remiso, puede optar por unirse a las filas del Ejército Nacional. Para ello, una junta especial definirá si le retiran la sanción económica o le entregan una libreta provisional que tiene una duración de dos años, de acuerdo con sus características de trabajo y estudio.
También existe la posibilidad de presentarse a las diferentes convocatorias del Ejército para definir la situación militar, en la cual podrán adjuntarse los documentos que se tengan a nivel laboral o académico para solicitar la liquidación y obtención del documento.