Colombia
Procuraduría podrá sancionar y destituir a funcionarios de elección popular, determinó el Consejo de Estado
La decisión fue tomada para saldar una controversia jurídica surgida a raíz del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El Consejo de Estado determinó este martes, 3 de diciembre, que las sanciones que imponga la Procuraduría General de la Nación a funcionarios que hayan sido elegidos popularmente sí serán sometidas a revisión por parte de ese alto tribunal.
La decisión fue tomada para saldar una controversia jurídica surgida a raíz del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que anuló la decisión de la Procuraduría que destituyó al entonces alcalde de Bogotá Gustavo Petro.
La Corte Constitucional determinó que todas las decisiones de la Procuraduría que sancionaran a funcionarios de elección popular como alcaldes, gobernadores, concejales y congresistas, debían ser objeto de revisión por parte del Consejo de Estado.
#Atención Fin a la polémica: el Consejo de Estado determina que la Procuraduría sí puede sancionar a funcionarios elegidos por voto popular. Ese mismo tribunal podrá revisar las sanciones del Ministerio Público #VocesySonidos pic.twitter.com/lOF2GjNDiq
— BluRadio Colombia (@BluRadioCo) December 3, 2024
En mayo de 2023, sin embargo, un consejero inaplicó la ley que ordenaba esa revisión porque consideró que no era competente para ello. Ante ello, por seguridad jurídica, la Sala Plena asumió el caso para sentar jurisprudencia sobre el tema y determinó aplicar el fallo de la Corte Constitucional.
Así las cosas, con 16 votos a favor y solo 4 en contra, el Consejo determinó que de ahora en adelante todas las decisiones de la Procuraduría que tengan estas características deberán ser revisadas. Igualmente, las que afecten a personas elegidas popularmente que ya hayan dejado su cargo.
Por su parte, el presidente del Consejo de Estado, Milton Chaves, explicó que el control que va a hacer la institución de las sanciones de la Procuraduría “va a cobijar, además de los elegidos popularmente que están en ejercicio del cargo, también las sanciones de los que son elegidos popularmente y que están fuera del cargo”.
“Se garantiza el principio de doble conformidad, estas personas que tienen este régimen especial, van a tener la posibilidad de que se revise esa decisión que se tome en primera instancia”, sostuvo Chaves sobre la decisión.
*Con información de Colprensa.