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El Dapre es el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. ¿Qué sucedió con esta entidad? | Foto: Guillermo Torres / Semana

Colombia

Procuraduría sancionó a funcionario del Dapre por darle millonario contrato a su esposa

El Ministerio Público suspendió a Andrés Mauricio Mayorquín durante seis meses.

13 de septiembre de 2024 Por: Redacción El País

Por irregularidades en la contratación pública, la Procuraduría General de la Nación suspendió por seis meses al ex asesor del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE) Andrés Mauricio Mayorquín Bocanegra.

El Ministerio Público evidenció que el disciplinado permitió la celebración de dos contratos de prestación de servicios profesionales, el 099/2020 por $ 54′800.000 y el 271/2021 por $ 44′982.000, suscritos entre el DAPRE y Karen Liseth Váquiro Cuellar, afectando su deber funcional con el desconocimiento del principio de moralidad, sin justificación alguna.

La circular fue emitida en su momento por el Dapre.
El funcionario del Dapre fue sancionado por firmar contratos con su pareja. | Foto: Getty Images

Agregó que, el exfuncionario debió poner en conocimiento de sus jefes la inhabilidad existente por haber una relación conyugal entre él y la contratista; sin embargo, “mantuvo en silencio su relación matrimonial”.

La Procuraduría General de la Nación en Colombia es una entidad que se encarga de investigar, sancionar, intervenir y prevenir las irregularidades cometidas por los gobernantes y los funcionarios públicos. | Foto: Foto: Archivo Colprensa

A juicio de la Procuraduría, el entonces asesor favoreció con su comportamiento, los intereses económicos de su cónyuge, pues, en vez de advertir la inhabilidad en la que ella estaba incursa, “prefirió guardar silencio para que esta pudiera contratar la prestación de sus servicios profesionales” y percibir los honorarios del DAPRE.

En el fallo de primera instancia, el Ministerio Público calificó la falta de Mayorquín Bocanegra como grave con culpa grave, por desconocer el principio de la moralidad administrativa “hacia la exigencia de un comportamiento honesto, ético, recto y leal, alejado y desprovisto de intereses de carácter subjetivo”.

Con información de Colprensa.

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