Colombia
Sale a la luz la primera foto de Epa Colombia en la cárcel El Buen Pastor
La creadora de contenido ya está recluida en ese centro penitenciario.
La creadora de contenido Daneidy Barrera Rojas, conocida como ‘Epa Colombia’, ya está recluida en la cárcel El Buen Pastor, en Bogotá, luego de que se confirmara su condena por causar daños a Transmilenio en el año 2019. Tras su llegada al centro reclusorio, salió a la luz la primera foto de la mujer sentenciada a cinco años de prisión.
Tras su llegada a ese centro penitenciario, el Inpec adelanta los trámites correspondientes y los estudios necesarios para completar el proceso de reclusión de la influenciadora. Entre otros detalles, se está definiendo cuál es el pabellón y la celda que deberá ocupar la influenciadora.
Mientras avanzan los trámites al interior del penitenciario, ya se conoció la primera imagen de Barrera en el penal. Se trata del registro para reseñar su llegada al centro reclusorio. Allí, Barrera aparece con una camisa negra y un saco de color blanco.
La decisión se dio luego que la Corte Suprema de Justicia confirmara la responsabilidad de Barrera en los delitos de daño en bien ajeno agravado, perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial e instigación a delinquir con fines terroristas.
Dentro de sus argumentos, el alto tribunal señaló que la libertad de expresión “no es absoluta y deja de ser lícita cuando a través de ella se propaga la violencia destructiva de bienes jurídicos, personales, o de uso público, entre otros”.
Igualmente, consideró que con sus actuaciones instigó de manera consciente y voluntaria a sus seguidores para imitarla “en la ejecución de similares conductas (delictivas)”, lo que es incompatible con la garantía de la protesta social.
”Se observa claro, entonces, que la difusión por redes de comunicación masiva de mensajes incitadores a la violencia y la destrucción del sistema de transporte público, por parte de la popular influencer ‘Epa Colombia’, a sus seguidores, ubicados en distintos lugares del país, en ese tiempo conmocionado por el “estallido social”, con la sugerencia de que actuaran de la misma manera que ella, tenía plena idoneidad para instigar a delinquir a través de conductas constitutivas de terrorismo”, destacó la decisión.
La Sala determinó que “la instigación no solo fue a vandalizar a cambio de nada, porque sí, ni como un propósito que se agotara en sí mismo. En lugar de ello, trascendió hasta los fines terroristas, porque incluyó que en los destinatarios pudiesen generar zozobra, intranquilidad, inquietud, aflicción, angustia, desazón, incertidumbre o desasosiego, y también aterrorizar, generar miedo, pánico, temor, pavor o susto”.
Además de la condena, la Corte Suprema determinó la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, e inhabilitación “para el ejercicio del oficio de influencer o youtuber” y el pago de una multa por el equivalente a 492,24 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
*Con información de Colprensa.
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