Colombia
Superintendencia de Industria y Comercio le impuso una millonaria multa a Falabella: estos son los motivos
La entidad sancionó a la empresa chilena por incumplimiento con sus clientes.
La Superintendencia de Industria y Comercio impuso una multa a la empresa chilena de 153 salarios mínimos legales vigentes, es decir, $177.4 millones, pues según una investigación realizada por el ente regulador, la empresa incumplió los tiempos de entrega de los productos adquiridos por los consumidores a través del comercio electrónico, lo que representa una infracción al artículo 6 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011).
Dicha investigación reveló que Falabella de Colombia S.A no ha cumplido con los plazos de entrega de los productos que los consumidores adquieren a través de su página web. Esta falta afecta vulnera los derechos de los clientes, lo que puede denotar una violación a la normatividad de protección al consumidor en Colombia. Cabe mencionar que la empresa ya había sido sancionada por no atender órdenes impartidas en relación con diferentes acontecimientos ocurridos durante el día sin IVA.
No obstante, la autoridad de vigilancia y control indicó que contra el acto administrativo sancionatorio procede recurso de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor y/o el de apelación ante la delegatura para la Protección del Consumidor.
De esta manera, la Superintendencia de Industria y Comercio, como el ente encargado de regular y velar por el cumplimiento de los derechos de los consumidores, reafirmó su compromiso de garantizar que todas las empresas que prestan servicios dirigidos a los consumidores.
Esta multa impuesta a la empresa chilena demuestra que no toleran las prácticas que perjudiquen a los consumidores y se busca enviar un mensaje muy claro a las demás organizaciones en Colombia para que cumplan de manera correcta con sus obligaciones y brinden un buen servicio, uno de calidad para sus clientes.
Otros casos de sanciones
De hacerse efectiva la infracción, la compañía podría hacerse acreedora a una multa equivalente a los 232 millones de pesos.
En un comunicado oficial, emitido por la Supersociedades, se lee que “si con posterioridad a adelantarse los correspondientes procedimientos administrativos sancionatorios se logra establecer la responsabilidad de la compañía por la trasgresión a las disposiciones relativas a Sagrilaft y Ptee, esta Entidad podrá imponer multas de hasta doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
Según explicó la Superintendencia de Sociedades a La República, los cargos serían por presunta transgresión de las obligaciones de prevención de lavado de activos financiados del terrorismo y otros, además de faltar a los programas de transparencia y ética empresarial a la que están obligados.
Sobre el particular, el Superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez, sostuvo que “En el marco de la política de supervisión de la Entidad, de las disposiciones de la Ley mercantil y las recomendaciones de las organizaciones y entes intergubernamentales, la entidad continúa con el compromiso de verificar el cumplimiento de las directrices en materia del sistema de autocontrol y gestión del riesgo integral, en aras de prevenir consecuencias negativas para la economía del país y para las compañías, que puedan traducirse en riesgos operacionales, legales, reputacionales y de contagio”.
Pero esta no es la primera vez que la plataforma Rappi es sancionada. El pasado mes de marzo, la empresa recibió una multa por un valor de $1.245 millones por la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, por incumplimiento de entregas, los dobles cobros a los usuarios y la entrega de bebidas alcohólicas a menores de edad, entre otras violaciones de los derechos del consumidor.
Regístrate gratis a nuestro boletín de noticias
Recibe todos los días en tu correo electrónico contenido relevante para iniciar la jornada. ¡Hazlo ahora y mantente al día con la mejor información digital!