El pais
SUSCRÍBETE
Tribunales de Cundinamarca y Bogotá  D C
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha emitido una sentencia que ordena cumplir con su obligación de publicar la totalidad de su actividad contractual en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP II). | Foto: Guillermo Torres / Semana

Colombia

Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena a la UNGRD y Fiduprevisora publicar actividad contractual en SECOP II tras años de incumplimiento

La acción de cumplimiento fue promovida por la Fundación para el Estado de derecho.

8 de agosto de 2024 Por: Redacción El País

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha emitido una sentencia que ordena a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) y a la Fiduciaria La Previsora S.A. cumplir con su obligación de publicar la totalidad de su actividad contractual en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP II).

Esta decisión surge tras dos años de incumplimiento por parte de las entidades mencionadas, lo que ha generado preocupaciones sobre la falta de transparencia y el acceso a la información pública por parte de las mismas.

Este asunto puede estar relacionado con las contrataciones que ha tenido la UNGRD. | Foto: CORTESIA UNGRD

La acción de cumplimiento fue promovida por la Fundación para el Estado de derecho, que solicitó al tribunal asegurar el cumplimiento del artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 53 de la Ley 2195 de 2022, que estipulan la obligación de publicar toda la actividad contractual del Fondo Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (FNGRD) en la plataforma SECOP II.

El incumplimiento en la publicación de la actividad contractual atenta contra los principios de transparencia, publicidad y control al ejercicio del poder político, y se considera especialmente grave en un contexto donde la UNGRD ha estado involucrada en casos de corrupción.

En el documento del Tribunal se expresa lo siguiente: “... desde el 18 de julio de 2022 no se efectúa con regularidad la publicación de la actividad contractual total de la entidad, con lo que hay un incumplimiento en el deber de publicación y que dicha conducta atenta contra los principios de transparencia, publicidad y control al ejercicio del poder político, aún más cuando es de público conocimiento los casos de corrupción en los que se ha visto involucrada la UNGRD”.

En consecuencia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha ordenado a la UNGRD y a la Fiduprevisora que procedan a la publicación de toda la actividad contractual, en todas sus etapas, que se haya realizado desde el 18 de julio de 2022 en adelante.

UNGRD y Fiduprevisora.
UNGRD y Fiduprevisora en donde el tribunal ha subrayado la necesidad de que las entidades publiquen de inmediato y de forma continua toda la actividad contractual que realicen a partir de la fecha de notificación de la sentencia, sin más dilaciones. | Foto: SEMANA

Esta publicación debe incluir todos los documentos, contratos, actos e información generada por oferentes, contratistas, contratantes, supervisores o interventores, tanto en las etapas precontractual, contractual y poscontractual. Las entidades disponen de un plazo máximo de dos meses, contados a partir de la notificación de la sentencia para cumplir esta orden, según expresó el tribunal.

Además, el tribunal ha subrayado la necesidad de que las entidades publiquen de inmediato y de forma continua toda la actividad contractual que realicen a partir de la fecha de notificación de la sentencia, sin más dilaciones.

Tribunales de Cundinamarca y Bogotá  D C
El tribunal ha subrayado la necesidad de que las entidades publiquen de inmediato y de forma continua toda la actividad contractual que realicen a partir de la fecha de notificación de la sentencia. | Foto: Guillermo Torres / Semana

Regístrate gratis a nuestro boletín de noticias

Recibe todos los días en tu correo electrónico contenido relevante para iniciar la jornada. ¡Hazlo ahora y mantente al día con la mejor información digital!

AHORA EN Colombia