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FISCAL

Tribunal ordenó a Claudia López rectificarse de señalamientos contra Fiscal General

La precandidata presidencial había vinculado al fiscal Néstor Humberto Martínez con el exmagistrado Leonidas Bustos. Luego se rectificó por Twitter.

10 de noviembre de 2017 Por: Colprensa
Claudia López, senadora del Partido Verde. | Foto: Colprensa

El magistrado de la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, Luis Roberto Suárez González, ordenó a la senadora del partido Alianza Verde y precandidata presidencial, Claudia López, rectificarse por los señalamientos contra el fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez, en el que lo vincula con el exmagistrado Leonidas Bustos.

El señalamientos de la senadora por medio de su cuenta en Twitter se conoció el 29 de agosto, donde escribió: “Queda claro porque Bustos y Néstor Humberto hundieron tribunal de aforados, sabían que terminarían presos si se descubría la venta de fallos".

Días después de que la senadora se percatara que el fiscal presentó la demanda ante el Tribunal Superior de Bogotá, por medio de la misma red social se retractó de lo mencionado. “Me retracto del trino que puede interpretarse como una acusación de concusión al Fiscal General. No lo es”.

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Y además lo acompañó de una explicación por la que trinó de esa manera: “en mi calidad de senadora y en edificio de mi función de Control político, mi debate con el fiscal es sobre sus conflictos políticos y de interés como abogado, Ministro y Fiscal, y sobre los nombramientos en su Fiscalía, vinculadas al llamado ‘Cartel de la Toga’, y no sobre la presunta concusión para venta de fallos”.

Sin embargo, pese a dicha rectificación, el magistrado ordenó que “dentro de las próximas 48 horas siguientes a la notificación de esta providencia, que en su cuenta de Twitter, conservando la publicación del trino emitido el 3 de noviembre del año en curso, profiera un nuevo mensaje de rectificación para expresar que carece de pruebas para sostener que queda claro porque Bustos y Néstor Humberto hundieron tribunal de aforados, sabían que terminarían presos si se descubría la venta de fallos”.

De acuerdo con el fallo, ambos trinos deben mantenerse por un término de al menos 65 días, contados a partir de la publicación de la complementación que ordena dicha sentencia.

En el documento también se lee que en el caso de no cumplir con dicha orden, la demanda instaurada por el fiscal deberá ser trasladada a la Corte Constitucional para su revisión.

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