Economía
Contratos a término fijo en Colombia: estas son las variaciones tras aprobación en la Cámara de Representantes
Hasta el momento, la Reforma Laboral del Gobierno Nacional avanza sin complicaciones.
Continúan las discusiones en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, donde se tramita la Reforma Laboral propuesta por el Gobierno del presidente Petro. Hasta el día de ayer, miércoles 12 de junio, los legisladores habían aprobado sin mayores contratiempos el 40% del articulado. Es decir, 42 artículos de un total de 98 que tiene el texto presentado.
Se trata del primer debate, en esta legislatura, que tiene la Reforma Laboral. Cabe destacar que los artículos tuvieron viabilidad en tres horas de discusión, entre ellos, el que generó más consenso fue el artículo 6, que modificaría el tiempo máximo para los contratos laborales a término fijo, pasando de los 3 años que hoy duran, a un total de 4 años.
También se estableció que el contrato a término indefinido es el principal documento de relación laboral, sin embargo, podrán utilizarse los contratos a término fijo y por prestación de servicios, como opciones de las que se podría hacer uso excesivo.
La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, comentó al respecto que así “se reafirma la estabilidad laboral sobre la base que el contrato indefinido mantiene. Se modificó el contrato a término fijo, queda a necesidad del empleador y se plantea que se cambie el término máximo de tres años a cuatro años. Es importante que se acoge el trabajo familiar. Sobre el género se acogió el trabajo de cuidado, sobre todo en el sector rural y campesino”.
El miércoles también se eliminaron dos artículos que se referían a los nuevos pagos por indemnización al momento del despido y otro que pretendía legislar sobre la orden de reintegro al trabajo si se presenta un despido por discriminación.
El artículo 60, que establece la regulación en las modalidades de trabajo a distancia, así como artículo 62, que se refiere a las garantías laborales y sindicales para los trabajadores a distancia, también fueron aprobados.
En primer bloque aprobado se incluyen además los artículos 14, 17, 51, 55 y 61, que buscan garantizar la protección en el entorno laboral para las mujeres víctimas de acoso, y brindar garantías laborales para personas en condición de discapacidad, además de proveer de un auxilio para pagar la conectividad a trabajadores remotos, en el caso de los empleados que devenguen menos dos salarios mínimos.
A esto se suma que “cuando el trabajador digital en servicios de reparto tenga la calidad de dependiente y subordinado, la empresa de plataforma digital de reparto deberá realizar los pagos correspondientes al sistema integral de seguridad social en las proporciones definidas en las normas vigentes. Podrán realizarse cotizaciones a tiempo parcial”, según el texto del articulado.
La reforma también tiene una sección que busca incluir a las personas que trabajan en comunicación social y periodismo, deportistas y artistas, para establecer un modelo de contrato especial, que se ajuste a las condiciones particulares de sus oficios.
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