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Debate por traslado a Colpensiones y otros ajustes en pensiones en crisis de Covid-19

Si bien las medidas del Gobierno favorecen a pensionados, cuestionan papel de fondos.

16 de abril de 2020 Por: Redacción de El País
El 52 % de los adultos mayores de 60 años no cuentan ni con pensión ni con subsidio. Colombia tiene 14,9 millones de personas mayores y de ellos 11,9 millones no tienen pensión. | Foto: Archivo de El País

En la crisis es cuando más se deben adoptar medidas de protección y bajo esa consigna el Gobierno Nacional expidió un decreto que busca cobijar a los pensionados de los fondos privados que reciban mesadas de un salario mínimo y reducir temporalmente los aportes que hacen las empresas a las pensiones.

Se trata del Decreto 558 expedido el 15 de abril de 2020. En relación con el traslado de los pensionados de los fondos privados al sistema público que maneja Colpensiones, en esencia dice que el objetivo es proteger a los jubilados bajo la modalidad de retiro programado del Régimen de Ahorro Individual a cargo de los fondos privados de pensión (AFP), y para ello se deben trasladar a la Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, que les garantizará el pago de su pensión por un salario mínimo mensual.

“Con las disposiciones dadas en el Decreto, nuestro mayor compromiso es la protección económica de la vejez de todos los colombianos. En esta emergencia provocada por el Covid-19 es cuando más debemos ser solidarios y buscar medidas para brindar un apoyo a la población vulnerable. Desde Colpensiones reconocemos la gran responsabilidad que esto implica y también la asumimos con mucho compromiso. Los pensionados por retiro programado, con una mesada de un salario mínimo, pueden tener la certeza que su pensión estará garantizada hasta el último día de sus vidas”, afirmó el presidente de Colpensiones, Juan Miguel Villa.

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Es de anotar que al finalizar el 2019, dicho régimen de ahorro individual tenía 181.000 pensionados, entre los cuales 105.000 están bajo la modalidad de pensión de retiro programado.

¿Por qué se trasladan de fondo?

El señor Villa dice que la medida es exclusiva para los pensionados cuyos saldos en su cuenta individual pueden alterarse por la situación actual que vive el país a raíz del Covid -19, teniendo en cuenta que los recursos con los que se paga una pensión, en la modalidad de retiro programado, se podrían ver afectados por la coyuntura financiera, como la que se presenta en la actualidad, y que puede afectar el capital de cada persona.

Es así, como el Gobierno delega la responsabilidad a Colpensiones, para salvaguardar el retiro laboral de aproximadamente 20.000 colombianos, a través de un mecanismo especial para el pago de la pensión de forma vitalicia en la modalidad de retiro programado.

Colpensiones actuará en calidad de pagadora de estas pensiones trasladadas y obtendrá el 1,5% de comisión de administración.

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“Las actividades u operaciones adicionales al pago de pensiones, tales como: defensa judicial, es decir, reliquidación de la mesada, reliquidaciones del bono pensional y condenas judiciales, son responsabilidad total de los fondos privados de pensión”, agregó Villa.

Reacciones

El director de la empresa Comomepensiono.com, Marcelo Duque, opina que el traslado a Colpensiones es bueno porque les da tranquilidad a los adultos mayores, pues no tendrían preocupaciones con respecto a sus mesadas hacia adelante.

“Al mismo tiempo genera una profunda reflexión en términos de la capacidad real del régimen de ahorro individual de pensionar cada vez más trabajadores y mantener sus pensiones en periodos amplios de tiempo”, añade el experto.

Por otro lado, sobre la reducción de aportes que hacen las empresas por la pensión de los trabajadores, el senador David Barguil pidió al Ministro de Hacienda modificar de manera urgente el decreto que introduce los cambios.

El senador denuncia que en el artículo 3 del capítulo ‘Pago de aportes del sistema general de pensiones’ se le están garantizando todos los ingresos a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) sin que estas hagan un mínimo esfuerzo para dejar de ganar millonarias comisiones en medio de la crisis nacional por el coronavirus.

“He apoyado al Gobierno en esta crisis, pero este artículo hay que modificarlo. ¿Cómo así que le van a garantizar el 100% de los ingresos a las AFP cuando ganan por encima de lo que se paga en América Latina? ¿No van a poner nada de su parte?”, señala el senador.

Por su parte el Director de comomepensiono.co dice que el decreto genera un alivio a las empresas, los empleados y a los trabajadores independientes, porque la reducción del 16% al 3% en la cotización genera un ahorro sustancial para el flujo de caja.

“Sin duda muchas personas y empresas verán una reducción en sus ingresos por efectos de la pandemia actual. Pero la verdad es que no comparto que se le cobren comisiones durante los dos meses de la medida ni a fondos privados ni a Colpensiones, solo debería ser el costo del seguro que cubre los riesgos de invalidez y sobrevivencia”, explica.

El cambio temporal de los aportes

El decreto permite que se reduzca el aporte a las pensiones de manera voluntaria con el propósito de disminuir la carga económica de empresas y trabajadores en la cuarentena.

Para los meses de abril y mayo cuyas cotizaciones deben efectuarse en mayo y junio de 2020, se podrá realizar únicamente el pago del 3% (y no del 16% como usualmente hacen), de tal forma que los trabajadores continúen amparados ante los riesgos de invalidez y muerte.

Los trabajadores independientes también pagarán el 3% del aporte. “Esto es una muy buena noticia para muchos colombianos a los que hoy, esta responsabilidad financiera les implica un desbalance en su economía. Desde Colpensiones apoyamos la decisión del Gobierno Nacional porquesabemos que permitirá al empleador liberar recursos para continuar con el pago de sus salarios, y al trabajador
independiente, tener mayor fluidez y buscar así su estabilidad financiera durante esta emergencia”, dijo Juan Miguel Villa, presidente del fondo público.

Respecto al reflejo de las semanas cotizadas en la Historia Laboral del ciudadano, aunque la cotización no se realice sobre el 16 %, se deberán contabilizar las semanas correspondientes a los dos meses cotizados bajo el 3%para aquellos trabajadores con ingresos de un salario mínimo, con el fin de que se tengan en cuenta para completar las 1.300 semanas requeridas para la pensión en Colpensiones.

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