Economía
Dian confirmó cambio en la actualización del RUT, ¿por qué tendrá vigencia indefinida?
Para proteger la información personal de los contribuyentes, se implementará otro cambio, consistente en no mostrar la fecha de expedición del documento de identidad.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales anunció un cambio significativo en el manejo del Registro Único Tributario (RUT), al confirmar que este documento esencial para trámites fiscales y administrativos tendrá una vigencia indefinida.
Esta decisión busca evitar confusiones respecto a su validez y simplificar los procesos tanto para los contribuyentes como para las entidades estatales, especialmente en el ámbito de la contratación pública.
En un comunicado oficial, la Dian explicó que, en adelante, el RUT no mostrará una fecha de vencimiento ni de actualización, sino únicamente la fecha de generación en el pie de página de cada hoja del documento.
Esta medida elimina la percepción errónea de que el RUT debía renovarse periódicamente, mientras refuerzan el compromiso de la entidad con la protección de los datos personales y la eficiencia en la prestación de servicios.
Asimismo, la entidad detalló que las empresas y entidades públicas podrán verificar la autenticidad del documento mediante la fecha de generación y las marcas de agua que señalan “copia certificada sin costo” o “certificado documento sin costo”. De esta manera, la Dian ratificó su intención de garantizar transparencia, facilitar los trámites tributarios y brindar claridad a los usuarios sobre este documento.
Igualmente, para proteger la información personal de los contribuyentes, se implementará otro cambio sensible en la casilla 27 del RUT, consistente en no mostrar la fecha de expedición del documento de identidad, sino que ahora aparecerá ese espacio en blanco.
“Con esta medida, evitamos que se generen trámites innecesarios para los ciudadanos, reafirmando que el RUT tiene vigencia indefinida y no requiere actualizaciones permanentes, salvo en casos específicos. Además, buscamos reducir el riesgo de suplantación de identidad de los contribuyentes”, explicó Jairo Orlando Villabona Robayo, director general de la entidad.
“La Dian reitera a la ciudadanía que el RUT tiene vigencia indefinida y solo debe ser actualizado cuando haya cambios en el lugar de residencia, número telefónico, correo electrónico, actividad económica, responsabilidades o algún otro atributo o característica que se encuentre dentro del registro del contribuyente. Esto, de acuerdo con lo establecido en los artículos 555-1 y 658-3 numeral 3 del Estatuto Tributario y el artículo 1.6.1.2.7 de Decreto 1625 del 2016″, señala la Dian.
Por último, la entidad recordó que los trámites del RUT son gratuitos y pueden hacerse a través de los canales de atención y en la página de la entidad: www.dian.gov.co/impuestos/RUT.