Economía
Impuesto saludable: esta es la lista de productos que estarán excluidos y no subirán de precio
Las bebidas azucaradas y los alimentos ultraprocesados, tendrán nuevo impuesto. Lista
Este miércoles 1 de noviembre entró en vigor los nuevos impuestos saludables a los alimentos procesados estipulados en la reforma tributaria del año pasado y que, según los analistas, impactará en el bolsillo de los consumidores de forma escalonada hasta 2025.
Este gravamen, según explicó el director de la Dian, Luis Carlos Reyes, será monofásico, es decir que el impuesto solo se causará una vez.
Iván Felipe Aguirre, abogado tributario, aseguró que este tipo de impuestos, a diferencia de los plurifásicos, “son aquellos que se causan en una sola fase”.
“El ejemplo por excelencia de un impuesto plurifásico es el IVA porque se causa cada vez que se enajena un bien o servicio en la cadena de producción”, explicó Aguirre.
Según mencionó el Ministerio de Hacienda, este impuesto tendrá efecto directo en 21 productos de los 443 artículos que componen la canasta básica del IPC con la cual el Dane mide la inflación.
Lista de productos que subirán de precio
- Dulces.
- Mermeladas.
- Galletas.
- Chitos.
- Cereales listos.
- Chocolates.
- Pasteles.
- Donas.
- Arepas.
- Pizzas.
- Empanadas.
- Postres.
- Platos listos congelados.
- Pastas con salsas.
- Helados.
- Papitas.
- Chorizos.
- Morcilla.
- Jamón.
- Salchichas.
- Salsa de tomate.
¿Cómo será el incremento?
Según los cálculos iniciales, un paquete de salchichas de siete unidades, que actualmente tiene un precio de $10.300, tendrá un costo de $11.330 al cierre de 2023, que para el próximo año subirá $11.845 y en 2025 será de $12.360.
Bebidas y alimentos no tendrán impuesto
Vale la pena mencionar que en la Ley aparecen unos alimentos ultraprocesados que no tendrán impuestos, como los siguientes:
- Pan.
- Arequipe o dulce de leche.
- Obleas.
- Salchichón, mortadela y butifarra.
- Hortalizas y frutas confitadas con azúcar (almibarados, glaseados o escarchados).
- Bocadillo de guayaba.
Por otro lado, hay algunas bebidas azucaradas que se encuentran exentas del impuesto.
- Alimentos líquidos y/o polvos para propósitos médicos especiales.
- Las fórmulas infantiles.
- Productos que sean parte de terapia nutricional para personas que no pueden digerir, absorber y/o metabolizar los nutrientes provenientes de la ingesta de alimentos.
- Soluciones de electrolitos para consumo oral diseñados para prevenir la deshidratación producto de una enfermedad.
- Medicamentos con incorporación de azúcares adicionados.
Incremento de bebidas azucaradas
La Corte Constitucional dio vía libre al artículo 54 de la reforma tributaria del gobierno de Gustavo Petro, al colocar un impuesto a las bebidas azucaradas y el cual entró en vigor este mes de noviembre.
Luego de pasar su trámite legislativo en el Congreso de la república, al Alto Tribunal llegaron varias demandas de inconstitucionalidad sobre presuntas irregularidades en la sanción de esta reforma, conocida con la Ley 2277 de 2022 y de la cual se estudiaron las solicitudes.
Con una votación de 8-0, la Sala Plena de la Corte Constitucional dio aval a la realización de este impuesto, basándose no solo en razones tributarias sino también de salud pública.
Según expresa la ley, este tributo está incluido en los denominados impuestos saludables, constituido “en la producción, la venta, el retiro de inventarios o los actos que impliquen la transferencia de dominio a título gratuito u oneroso”.
El documento hace la claridad que las bebidas azucaradas están incluidas las bebidas gaseosas o carbonatadas, bebidas a base de malta, bebidas tipo té o café, bebidas a base de fruta en cualquier concentración, refrescos, zumos y néctares de fruta, bebidas energizantes, bebidas deportivas, refrescos, aguas saborizadas y mezclas en polvo. Así como polvos y jarabes las esencias o extractos de sabores que permitan obtener.
Cabe recordar que este impuesto que empezara en vigor para el próximo mes de noviembre está sujeta en función de su nivel de azúcar añadido por cada cien mililitros (100 ml) de bebida, Para este año 2023, las bebidas con mayor o igual a seis gramos (6 gr) y menor a diez gramos (10 gr) de azúcares añadidos pagarán $18 y las de mayor o igual a diez gramos (10 gr) de azúcares añadidos, $35.
*Con información de Colprensa.
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