Economía
Ojo: los aportes voluntarios para pensión tendrían un cambio que no beneficiaría a los trabajadores
Los aportes voluntarios de pensiones pueden ser una buena forma de invertir dinero con alto rendimiento. Varía de acuerdo al fondo de pensiones.
Algunas personas suelen realizar aportes voluntarios a su fondo de pensiones, con el fin de incrementar el saldo, lo cual permitiría tener una mesada más grande a largo plazo.
Asimismo, este dinero adicional suele tener buenos rendimientos, sin embargo esto varía de acuerdo al fondo pensional que pertenezca la persona. Es clave aclarar en su fondo de pensiones cuáles son los requisitos de los aportes voluntarios, el tiempo mínimo de permanencia y cuánto dinero le retienen por retirarlo antes de ese tiempo.
De hecho, la jugada radica en que usted solo puede sacar el dinero después de un determinado periodo de tiempo. Si necesita la plata antes, le pueden cobrar intereses altísimos, detalló El Tiempo.
Según expertos, algunos fondos de pensiones pueden aplicarle renta agravada por ese dinero o hasta retenerle el 35% del total que desea sacar.
De igual forma, el fondo de pensiones debe establecer cuáles son las condiciones de retiro de los aportes voluntarios y si puede reversar un retiro de ese dinero en su fondo de pensiones.
Reforma pensional tiene en líos a trabajadores con pocas semanas cotizadas
Los artículos 76 y 77 de la reforma pensional, según expertos son complejos. De hecho, establecen el régimen de transición con el que los cotizantes en fondos privados deberán llevar a cabo pasándose al fondo público de Colpensiones.
Junto a ello, habla de un régimen de transición para las personas que tienen cotizadas 1.000 semanas. Para este tipo de población seguirá aplicando la ley 100 de 1993. Según Portafolio, en el caso contrario, las personas que tienen menos de 1.000 semanas cotizadas se regirán por la nueva ley que llegue a aprobar el Congreso.
Ahora bien, el artículo 77 del borrador establece que las personas con más de 1.000 semanas cotizadas o que les falten menos de 10 años para tener la edad de pensión, podrán trasladarse, en un plazo de dos años, de régimen respecto de la normatividad anterior.
Esto lo harán con previa asesoría de la que trata la Ley 1748 de 2014.
De acuerdo con el parágrafo 1 del artículo 2 de esa ley última ley, “las Administradoras del Sistema General de Pensiones deberán garantizar que los clientes que quieran trasladarse entre regímenes pensionales reciban asesoría de representantes de ambos regímenes como condición previa para que proceda el traslado entre regímenes”.
¿Cuáles trabajadores tendrían que aportar más si se aprueba la reforma pensional?
La reforma pensional espera su primer debate, el cual debe ser convocado por el Congreso de la República. No obstante, ya hay algunos puntos específicos que llaman la atención de todos los contribuyentes de Colombia.
Y es que, si bien no habrá cambios en el porcentaje que aportan actualmente la mayor parte de los trabajadores al rubro de pensión cada mes, sí se ajustará la cantidad que tendrán que dar algunos casos específicos.
Es clave destacar que actualmente del salario de cada colombiano que paga su pensión, se debe colocar el 16 %. De este cuadro, el 75 % es puesto por el empleador y el 25 % restante, por el empleado.
Conforme pacta el gobierno, esa mecánica no cambiará para los que ganen entre uno y cuatro salarios mínimos.
No en tanto, los que reciban entre cuatro y siete, entonces deberán sumarle a lo anterior otro 1 %, el cual irá para el Fondo de Solidaridad.
De la misma manera, si se ganan más de los siete salarios mínimos, los asalariados deberán tener en cuenta los aportes extra que se le impondrán, en caso que la proposición sea aprobada por la rama legislativa.
Por ende, si usted gana entre los 7 y los 16 salarios mínimos mensuales, el aporte será del 2,5 %. Para los que reciban entre los 16 y 17 salarios mínimos mensuales, entonces el aporte será del 2,7 %. A su vez, los que obtengan entre los 17 y los 18 salarios mínimos mensuales, aportarán un 2,9 % y finalmente para los acreedores de 18 salarios mínimos mensuales tendrán que colocar el 3 %.
De acuerdo al Estado, la idea es que con todo lo recogido, gracias a los ajustes, se recaude el dinero necesario para beneficiar al Pilar Solidario. Así, se estima la posibilidad de entregar un subsidio de 223.000 pesos mensuales para los adultos mayores que tengan 62 años o más y que sean considerados como población vulnerable.
Pero no será todo. Además de lo anterior, algunos colombianos que ya estén pensionados también se verán afectados por la propuesta gubernamental. De acuerdo al texto, “los pensionados que devenguen una mesada superior a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes y hasta 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes, contribuirán para el Fondo de Solidaridad Pensional para la Subcuenta de Subsistencia en un 1 %”.
Asimismo, aquellos jubilados que devenguen 20 salarios mínimos o más tendrán que colocar un 2% para beneficiar al fondo citado anteriormente. “En ningún caso la base de cotización en el Pilar Contributivo podrá ser inferior al monto del salario mínimo legal vigente, salvo para aquellas personas que cotizan por semanas, quienes lo harán sobre la correspondiente proporción”, termina diciendo el proyecto.
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