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Los canales de presentación y pago del Impuesto Predial Unificado y otras obligaciones tributarias está el portal web de la Alcaldía www.ibague.gov.co.
Pago del predial tiene un último plazo. | Foto: Cortesía Alcaldía de Ibagué

Economía

Pago impuesto predial: consulte la fecha límite para segunda cuota del pago en Bogotá

El SPAC notificó que esta semana termina el plazo de pago.

2 de agosto de 2023 Por: Redacción El País

El Sistema de Pago Alternativo por Cuotas, SPAC, notificó una nueva fecha límite de pago del predial en Bogotá. Y su usted vive o tiene una propiedad en la capital colombiana y no ha realizado el pago, sepa que el plazo vence el próximo viernes 4 de agosto.

El SPAC es la plataforma que permite a los contribuyentes pagar el impuesto en cuatro cuotas iguales y sin intereses. Sin embargo, aquellos que estén inscritos en este sistema y no realicen el pago dentro de las fechas establecidas, deberán asumir gastos adicionales por mora e intereses.

Todos los dueños de propiedades raíz deben pagar el impuesto predial.

Para facilitar el proceso de pago se debe descargar el cupón correspondiente a través de la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda. El acceso se realiza seleccionando las opciones ‘Consultas’ y ‘Obligaciones Pendientes’. Luego, se debe elegir el impuesto ‘Predial Unificado’ y en ‘Cupones’ se encontrará el cupón de pago para la segunda cuota.

Sanciones por no pagar a tiempo el predial

El tema del pago del impuesto predial trae consigo una diversidad de inquietudes, entre ellas las posibles multas o sanciones a las que se expondrían los contribuyentes al no cumplir con esta obligación.

Al respecto, el Ministerio de Hacienda entregó información detallada sobre las sanciones que enfrentan las personas cuando la declaración del impuesto no se presenta dentro del tiempo establecido por el municipio para generar el respectivo pago y declaración.

La multa por presentar la declaración de manera tardía es del 15 % por cada mes o fracción de mes del retraso sobre el valor del impuesto adeudado, esto sin superar el 100 % del mismo y respetando el límite mínimo de sanción vigente.

Dicho lo anterior, las sanciones mínimas se establecen de la siguiente manera:

  • Estratos 1 y 2, Unidad de Valor Tributario 4. Totalidad en pesos: $170.000
  • Estratos 3 y 4, Unidad de Valor Tributario 5. Totalidad en pesos: $212.000
  • Estratos 5 y 6, Unidad de Valor Tributario 7. Totalidad en pesos: $297.000
Los pagos del predial en Bogotá se pueden realizar por la página web de Sistema de Pago Alternativo por Cuotas. | Foto: Pexels

Asimismo, el Ministerio de Hacienda informó que para aquellos predios que no están clasificados en las categorías anteriormente mencionadas, se aplicará una sanción mínima, la cual equivale a siete unidades de valor tributario (UVT).

Cabe destacar que en el caso de correcciones realizadas en las declaraciones del impuesto predial por un mayor valor, es decir, si usted presenta la declaración y realiza un pago con un monto inferior al correspondiente, la sanción de dicha corrección es del 10 % del valor adicional a pagar.

Dicho incremento se aplica al proceso de verificación y declaración inicial, siempre y cuando la corrección se geste antes de que la declaración sea definitiva y se reciba una notificación para hacer la corrección o se haga una solicitud de requerimiento especial.

Se debe mencionar que desde el primero de enero de 2017 se realizaron algunos cambios en las tarifas del impuesto predial, las cuales quedaron establecidas en el artículo 2 del Acuerdo 105 de 2023. Dicha tasa se basa en el avalúo catastral, la base presunta mínima y los límites determinados por la regla.

Así puede evitar sanciones

El 4 de junio terminó el plazo para pagar el primer pago del impuesto predial en la ciudad de Bogotá, con el objetivo de prevenir que los contribuyentes incurrieran en mora y se vieran obligados a pagar multas mensuales.

Esta prestación social la reciben todas las personas que tengan un contrato de trabajo.
Hasta el 4 de agosto se puede realizar el pago del predial en Bogotá. | Foto: 123 RF/ El País

Es fundamental destacar que el impuesto predial es el pago requerido a todos los propietarios, poseedores o aquellos que gocen de un bien ajeno, con relación a los terrenos, propiedades dentro del ámbito del distrito o municipio. Por consiguiente, si usted es dueño de una casa o apartamento, es su labor cumplir con esta obligación para evitar posibles sanciones económicas, que año tras año aumentarán debido al factor de inflación.

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