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Economía

Pensiones en Colombia tendrán importante cambio para hombres y mujeres, basado en los tiempos de cotización

Se busca que las mujeres se puedan pensionar con menos semanas cotizadas en Colombia. Eso obedece a una legislación basada en equidad de género.

15 de junio de 2023 Por: El País
Vida cotidiana centro de Bogota
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Estos cambios obedencen a distintos enfoques que buscan beneficiar a los adultos mayores. | Foto: Guillermo Torres

La discusión por la reforma pensional fue aprobada en primer debate y continuará su proceso en plenaria del Senado.

El cambio más llamativo fue la modificación del artículo 76, en la que se planteaba un número de mil semanas para tener la posibilidad de acceder al régimen de transición. Con el cambio, se propone bajar el número de semanas con un enfoque diferencial de género; los hombres necesitarán 900 semanas y las mujeres 750.

Gloria Inés Ramírez, ministra de trabajo, sostiene que esta propuesta se sustenta con la sentencia de la Corte Constitucional que baja gradualmente el número de semanas de cotización para mujeres a mil. “Planteamos a la Comisión este nuevo régimen de transición, que se acoge a la sostenibilidad fiscal”.

Según el comunicado oficial de la Corte Constitucional, teniendo en cuenta el principio de sostenibilidad financiera, se difirió el efecto de la medida hasta el 31 de diciembre de 2025, para que en dicho lapso el Congreso, en coordinación con el Gobierno nacional, adopte un régimen de causación del derecho a la pensión de vejez en el que se considere integralmente el enfoque de género y, especialmente, la condición de las mujeres cabeza de familia.

Semanas de pensión en Colombia
Se busca que las mujeres necesiten menos semanas trabajandas para pensionarse. | Foto: Getty Images

A partir del primero de enero de 2026, y si el Legislativo no adopta dicho régimen, se disminuirán gradualmente las semanas de cotización hasta llegar a mil.

Con este cambio, habría más colombianos en el régimen de transición y en práctica, más personas que se pensionarían bajo lo sancionado en la Ley 100 de 1993.

A partir de ello, la entidad judicial explicó el derecho de las mujeres a obtener una protección especial en el ámbito laboral y de la vejez en el sistema de seguridad social integral. En este punto, enfatizó las inequidades que padecen las mujeres en materia de protección social y en el aseguramiento en la vejez.

Asimismo, analizó las medidas adoptadas en el ámbito nacional e internacional para superar la brecha entre mujeres y hombres en dicho escenario.

Pensiones / Pensión / Pensionado
Las mujeres, generalmente, realizan las labores del hogar, que aunque no son remuneradas, si son muy demandantes. | Foto: Getty Images

Según el pronunciamiento de la Corte Constitucional, hasta el momento, para que las mujeres puedan acceder a la pensión de vejez deben acreditar las mismas 1.300 semanas de cotización que los hombres, sin considerar las barreras y dificultades que enfrentan para acceder y mantenerse en el mercado laboral, y asumir las obligaciones del cuidado del hogar, tanto como las que se intensifican cuando llegan a la adultez mayor.

“La norma no contiene el enfoque de género que constitucionalmente se demanda en la actualidad, para atender las condiciones de las mujeres y la garantía real y efectiva para su acceso a la pensión”, recalcó.

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La pensión la reciben quienes han cotizado durante su vida laboral y han cumplido con la edad y las semanas requeridas. | Foto: Getty Images/iStockphoto

Por ello, la entidad judicial acreditó su inconstitucionalidad y consideró la necesidad de adelantar un ejercicio de ponderación que permitiera adoptar una decisión que realice, en el mayor grado posible, los principios constitucionales de universalidad y sostenibilidad financiera en tensión.

El Gobierno nacional, en conjunto con el Congreso, tendrá que definir un régimen que garantice en condiciones de equidad el acceso efectivo al derecho a la pensión de vejez para las mujeres, especialmente aquellas cabeza de familia, y que contribuya a cerrar la histórica brecha por el género. Así lo confirmó la Corte Constitucional.

Cabe destacar que esta decisión fue tomada frente a las barreras y obstáculos que se presentan para que las mujeres accedan y se mantengan en el mercado laboral y puedan garantizar su derecho pensional, así como las condiciones de inequidad que experimentan las mujeres en la economía del cuidado, la informalidad, la vulnerabilidad y la exclusión.

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