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Cierre establecimientos
La Dian cerró establecimiento por no brindar la factura electrónica. | Foto: El país

Economía

Piqueteadero Doña Segunda: ¿Por qué cerraron el famoso negocio en Bogotá? Dian explica los pasos que se surten antes de tomar esa decisión

En lo corrido del año se han cerrado 119 negocios en el país por no cumplir con la obligación de hacer factura electrónica.

21 de junio de 2024 Por: Redacción El País

Luego del cierre por tres días del tradicional piqueteadero Doña Segunda, ubicado en la Plaza de Mercado 12 de Octubre en Bogotá, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) se pronunció sobre cuáles son las razones por las que la entidad tiene las herramientas para clausurar una empresa.

Según explicó la Dian, lo primero que se hace es una visita de orientación y sensibilización a los establecimientos, en la que se verifica si el comercio está expidiendo factura electrónica.

Recordó la Dian que el 15 de diciembre de 2020 finalizó el calendario para la adopción de la factura electrónica en el país, un proceso que se surtió con pruebas piloto, capacitaciones masivas y retoma de visitas de orientación —que se adelantaron en 2023— para apoyar y facilitar la habilitación de los responsables de facturar.

Asimismo, destacó la entidad que se puso a disposición de las empresas, además, el software para hacerlo de manera gratuita si esa era la opción que escogían para cumplir con la obligación.

“En 2023 se llevaron a cabo más de 50.000 visitas y solamente en 3.300 de ellas se formuló pliego de cargos, lo que lleva al posible cierre del establecimiento una vez se surte el debido proceso y se otorgan todas las garantías para el derecho de defensa” .

Etapas para el cierre de un negocio

Según la Dian, hay que surtir varias etapas o pasos antes de que la entidad tome la decisión de cerrar un negocio y esto puede llevar varios meses, tiempo en el cual se da la oportunidad a los empresarios a que cumplan con las normas.

1. Los funcionarios de la Dian vistan los establecimientos y si encuentran alguna irregularidad o incumplimiento, la entidad formula un pliego de cargos que la empresa puede responder exponiendo los motivos del incumplimiento y dando las explicaciones para evitar las sanciones. Para ello, el responsable tiene un plazo de 10 días hábiles.

3. Si los cargos se confirman, la entidad emite una resolución que sanciona al establecimiento con su cierre por tres (3) días. Una vez más, el comercio tiene 10 días hábiles para responder, esta vez para interponer un recurso de reposición con la intención que la sanción sea reconsiderada.

4. El Estatuto Tributario establece que el recurso debe ser analizado y fallado en un plazo máximo de 10 días hábiles. Si el fallo confirma la sanción, el cierre deberá ocurrir en los 10 días hábiles siguientes.

En lo corrido del año al Dian ha cerrado 119 negocios por no facturar electrónicamente.
En lo corrido del año al Dian ha cerrado 119 negocios por no facturar electrónicamente. | Foto: El país

5. El Estatuto Tributario también contempla que, en todo momento, el establecimiento que está incumpliendo con los requisitos de facturación puede acogerse al pago de una multa para evitar los tres días de cierre. Esta multa puede ser del 5%, del 10% o del 15% de los ingresos brutos operacionales del mes anterior a la fecha de la visita que desencadenó el proceso.

La Dian ratificó, en su comunicado, que estos cierres son el resultado de un proceso que agota cada una de las instancias en los tiempos establecidos por la norma, los cuales están sujetos a un riguroso sustento jurídico y probatorio.

“La evasión fiscal es un delito. Cuando las personas exigen la factura electrónica en sus compras y pagos de servicios ayudan a combatirlo y a que Colombia tenga los recursos para mejorar la calidad de vida de sus habitantes”, reiteró la entidad.

En lo que va corrido del 2024 la Dian ha realizado el cierre de 119 establecimientos por no hacer factura electrónica.

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