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¿Por qué siguen los traslados a Colpensiones?

Se calcula que en los primeros siete meses del año 75.000 personas se pasaron del fondo privado al régimen público.

Analistas opinan que no es verdad que Colpensiones esté a punto de quebrar. Es claro que el Gobierno tiene que gastar, pero eso implica un reto que se debe cumplir. | Foto: Bernardo Peña / El País

28 de oct de 2019, 12:17 a. m.

Actualizado el 19 de may de 2023, 04:46 a. m.

Trasladarse de un fondo privado de pensiones a Colpensiones, por vía judicial, es una alternativa que todavía están usando muchos colombianos que, por diferentes motivos, no tomaron esa decisión en los tiempos que determina la ley.

El presidente de Colpensiones, Juan Miguel Villa, dijo recientemente que en 2018 11.000 personas interpusieron demandas para pedir su ingreso a esta entidad que administra el régimen público o de prima media. Para la mitad de este año la cifra ya iba en 16.000.

Marcelo Duque, experto en pensiones, explicó que es tal la tendencia de colombianos buscando pasarse de régimen vía judicial, que las audiencias que se solicitan hoy para tal motivo se están programando para el segundo semestre del 2020.

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Las normas indican que un afiliado al sistema de pensiones en Colombia se puede trasladar de régimen antes de 10 años para cumplir la edad de jubilación (es decir cuando las mujeres tienen 47 años y los hombres 52 años).

Pero, si estas personas no recibieron la información adecuada para tomar esa decisión, en su momento, o cuentan con otros argumentos, tienen la opción de intentar un traslado de un fondo privado a Colpensiones (fondo público), por intermedio de una demanda cuando superan esa edad. Algunos lo logran.

El año pasado, según cifras de la Superfinanciera, 167.156 afiliados se cambiaron de los fondos privados a Colpensiones. De ellos, unos 800 lo lograron vía judicial. Este año, al mes de febrero, el número de traslados a Colpensiones iba en 17.572 y a julio en 75.000, según información publicada por la entidad.

Alternativas

Adriana Paredes, experta en pensiones, explica que la principal razón que tienen las personas para intentar cambiarse, vía judicial, de un fondo privado al régimen público es económica.

“En Colpensiones el monto de la pensión está por el orden del 65 % del promedio base de cotización, mientras que en el fondo privado el promedio alcanza el 33 %, porque es lo que logre ahorrar la persona. Con base en eso, la expectativa vida, beneficiarios, bono pensional, se fija la mesada y todo esos aspectos disminuyen la prestación”, explica.

La segunda razón para ir a los estrados judiciales es el posible ‘engaño’ o la desinformación a la hora de haber escogido un régimen pensional.

Agregó Paredes que a muchas personas no se les brindó información oportuna y clara.

De ahí que actualmente para que un afiliado se cambie de régimen, en los tiempos previstos por la ley, debe hacer una doble asesoría para que tome una decisión informada.

El experto Marcelo Duque coincidió en que la gran diferencia en el monto de las mesadas que otorgan estos regímenes (privado y público), y la idea generalizada de que el sistema público entrega mayores garantías, es lo que lleva a muchos colombianos a buscar un traslado.

Pero destaca que en este tema no se puede generalizar y que cada caso es diferente. Por eso considera que quienes buscan emprender un proceso judicial para cambiarse a Colpensiones deben tener en cuenta varios aspectos.

“Lo importante es que el afiliado verifique que si se traslada a Colpesiones el valor de su mesada sería más alta que en un fondo privado, y con una diferencia que valga la pena el proceso judicial. Además, debe tener en cuenta que ese proceso legal podría tardar varios años y que al final podría salir en su contra”.

Asimismo, agrega Adriana Paredes que se debe contar con algunas pruebas con bases suficientes para demostrarle al juez que no se tuvo el conocimiento pleno cuando se tomó la decisión de permanecer en un fondo u otro.

“Si hay pruebas de que la entidad actuó con diligencia, informó y se dio el deber del buen consejo, no habría nada qué hacer. Pero si pasa lo contrario, la entidad no actuó con la responsabilidad y el deber de la norma, es posible que el caso prospere”, destacó.

La recomendación de los expertos es que los afiliados al sistema, así estén jóvenes, estén pendientes de su ahorro, de los cambios en las normas y de las decisiones que deben tomar a tiempo.

El año pasado el 91,54% de los pensionados por parte de Colpensiones recibieron entre 1 y 4 salarios mínimos, es decir, 1.216.549 personas.
Por otra parte, 112.042 jubilados tienen una mesada de entre 5 y 20 salarios mínimos (8,4% del total).

Impacto

Julio César Alonso, docente del Icesi, considera que los traslados masivos de los fondos privados a Colpensiones, de personas mayores, implicarán un problema fiscal en el largo plazo porque significa mayores obligaciones.

“Los traslados traen consigo un bono pensional que mejora por un rato el flujo de ingresos para Colpensiones. Pero el problema es en el largo plazo cuando estas personas se jubilen y Colpensiones no tenga el dinero necesario para pagar las mesadas. Ahí es donde se cre el hueco fiscal”, destacó.

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