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Conozca desde cuando le deben pagar la prima navideña y si tiene derecho a ella. | Foto: Fotolia / El País

Economía

Prima de diciembre: ¿Cuánto tiempo se debe trabajar para recibirla?

Tenga en cuenta este requisito para saber si puede o no recibir su prima de fin de año.

17 de noviembre de 2023 Por: Redacción El País

Con el mes de diciembre, cada vez más cerca, muchos empleados en Colombia esperan con ansias la prima navideña, que según el sitio web oficial del Ministerio de Justicia y del Derecho, es “la retribución que hace el empleador por los beneficios económicos y sociales que obtiene del trabajador”.

Este dinero extra suele ser destinado para pasar unas vacaciones en familia, comprar los regalos de navidad, adquirir electrodomésticos o darse un merecido descanso después del arduo trabajo. Una de las preguntas más comunes entre quienes están recién ingresados en el mundo laborar es el tiempo de queden haber permanecido en la empresa para recibir este dinero.

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La prima navideña suele ser usada pata la compra de regalos navideños. | Foto: Getty Images

¿Cuánto tiempo debe llevar en la empresa?

El Ministerio de Justicia y del Derecho explica que este dinero se paga al trabajador y esquivale a cada mes del año trabajado. Las primas se pagan dos veces al año, una en junio y otra en diciembre. “Esta prestación consiste en un mes de salario por cada año de trabajo o proporcional si ha trabajado menos, la cual se paga en dos cuotas durante el año. La primera en el mes de junio y la segunda durante los primeros veinte (20) días del mes de diciembre”, asegura la página web del Ministerio.

Esto quiere decir que si usted aún no ha cumplido un año de trabajo, la prima se paga de acuerdo al tiempo que lleve laborando en la empresa.

Cabe destacar que este 2023, el salario mínimo en Colombia, es de $1′160.000 pesos que reciben mensualmente las personas contratadas con este sueldo, para ellos, esta sería la suma que recibirían con la prima navideña.

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Muchos colombianos prefieren ir de viaje con la prima navideña. | Foto: Getty Images

Según el Salario Mínimo Legal Vigente, Smlv, más los $140.000 pesos del subsidio de transporte, estas personas recibirán $605.303 pesos, adicionales a su sueldo, que podrán invertir de la manera que mejor les parezca.

¿Cómo se calcula la prima navideña en sueldos diferentes al mínimo?

Cuando los empleados tienen un salario superior al mínimo y contrato con todas las prestaciones sociales, la fórmula para calcular cuánto recibirá en la prima navideña es la siguiente:

Tome la base del sueldo, luego multiplíquelo por 180 días y divídalo en 360, de acuerdo con lo estipulado en la ley, de esta manera conocerá la suma exacta de la prima. También puede aproximarse si solo calcula la mitad del sueldo mensual, puesto que una prima corresponde al valor de un salario, pero divido en dos partes. Pero, si no trabajó el semestre completo, puede realizar la misma operación, pero en vez de poner 180 días, suma los trabajados.

La Ley 1788 del 2016, estipula que el empleador tiene hasta el día 20 de diciembre para pagar la prima de navidad, de lo contrario deberá cancelar los correspondientes intereses por mora. Por eso los empleados deben estar atentos, de modo que las personas con problemas al respecto, puedan acercarse al Ministerio del Trabajo y presentar la respectiva queja porque su empresa no le pagó la prima, así se abrirá una investigación y podría multarse al empleador.

¿Quiénes podrán recibir la prima?

La prima es un pago que se le reconoce casi a todos los trabajadores en el país, es importante ser claro en cuanto a aquellos empleados que no recibirán pago este mes, esto debido al tipo de contrato laboral que tienen y que están exentos de la obligación de acuerdo con la ley colombiana. De esta manera, quienes no recibirán prima de servicios son empleados de este tipo:

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Los trabajadores contratados con prestaciones sociales pueden recibir la prima. | Foto: Getty Images
  • Los empleados que tengan contratos de prestación de servicios, esto debido a que estos son civiles y no laborales.
  • Las personas con salario integral, es decir, que reciben 10 o más salarios mínimos mensuales legales vigentes, tampoco obtendrán prima, ya que este valor se compensa con las prestaciones legales y extralegales, primas y recargos de trabajo extra, nocturno, dominical y festivo.
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