REFORMA TRIBUTARIA
Reforma tributaria: estos son los ocho nuevos impuestos para empresas y personas naturales
Este jueves en el Congreso las comisiones económicas de Senado y Cámara están citadas para votar la ponencia
La reforma tributaria del nuevo Gobierno estaría cerca de aprobarse luego de varias modificaciones y ajustes por parte del Ministerio de Hacienda, el jefe de la cartera, José Antonio Ocampo incluso dijo que “hay buen ambiente en el Congreso” lo que supone que tiene la fuerza necesaria para pasar. Así que una vez termine esta semana ese primer filtro, el articulado está más cerca de crear nuevos impuestos que se aplicarán desde el primero de enero de 2023. Pero ¿Qué se ha cambiado hasta el momento y qué nuevos puntos hay en la ponencia? Lo primero es que la meta de recaudo se redujo de $25 billones a $22 billones, con lo que el peso tributario en algunos rubros será menor. Ocho primeros puntos resaltan en las novedades del texto. Lea aquí: Se hundió en el Senado la reforma constitucional al sistema electoral
Impuestos a las industrias extractivas
Las industrias extractivas, que ya no tendrán que tributar por las exportaciones, sí contarán con una sobretasa de renta de 10%, que aplicará para empresas petroleras y carboníferas. El porcentaje irá disminuyendo gradualmente después del primer año. Siendo así, el segundo será de 7,5% y el tercero de 5%. Además, las regalías no serán deducibles de la depuración del impuesto de renta.
Impuesto al patrimonio
Las tarifas de impuesto al patrimonio también fueron ajustadas, se trata de una nueva norma que será permanente, incluso sobre su perpetuidad en el tiempo, el director de la Dian, Luis Carlos Reyes, dijo que durante esta administración así será, y queda en manos de gobiernos futuros que se mantenga. Quienes tengan patrimonios mayores a $3.000 millones tendrán una tasa impositiva de 0,5%; mayores a $5.000 millones, 1%, y si es más de $10.000, la tarifa será de 1,5%. Esta última sí sería temporal por cuatro años. Los emprendedores que no generen utilidades, por su parte, no tendrían esta obligación.
Impuesto a los dividendos
Luego de las modificaciones, se acordó que los pequeños accionistas no tendrán que pagar impuestos adicionales sobre los dividendos, y el tope para los de los mayores ingresos será de 20%. Con lo que ya no entrarán en la tabal de tarifas marginales de renta.
Impuesto a las ganancias ocasionales
Para este rubro, los contribuyentes tendrá una tarifa única de 15% para el caso de herencias, donaciones y enajenaciones de activos (que pagan una tarifa actual de 10%) y de 35% para las rifas y loterías (que paga 20%).
Alimentos ultraprocesados y bebidas azucaradas
En cuanto a los alimentos ultraprocesados y bebidas azucaradas, el MinHacienda explicó que se tributará en función del contenido de azúcar, gramos de azúcar por cada 100 mililitros, y para los comestibles se propone una tarifa del 10% sobre el valor. Las bebidas que contengan menos de seis gramos de azúcar por cada 100 mililitros no se les aplicará este impuesto saludable, pero las que tengan entre 6g y 10g tendrían que pagar una tarifa de $18 por cada 100 mililitros y las que tengan más de 10 gramos de azúcar pagarán $35. Adicionalmente, las tiendas de barrio o panaderías no tendrán que pagar el gravamen.
Impuesto a las Hidroeléctricas
También se incluirá una sobretasa de 3% a las hidroeléctricas y el servicio de transporte de valores cambiará su tratamiento de excluido a gravado.
Impuestos al sistema financiero
Las instituciones financieras, que están pagando una tarifa de renta de 38%, ahora tendrán que pagar una sobretasa de 5%, que sería transitoria.
Incentivos para entrar al régimen simple
Otro de los puntos de la reforma sería incentivar a las empresas a pasarse el régimen simple, que según explicó el MinHacienda, serviría como un mecanismo de formalización empresarial.
Otras consideraciones
El documento presentado, según dijeron sus ponentes, afectaría a 2,4% de la población con más altos ingresos, y a 1,2% de los pensionados. No obstante, Juan David Velasco, Socio de Baker McKenzie, explica que aún con las modificaciones, el articulado sigue estando enfocado en unos sectores con mayor fuerza, lo que podría ser peligroso. "Por ejemplo, el sector petrolero se le está poniendo una sobretasa severa, lo que pondría a que esta reforma esta basada en esta industria. Se le está poniendo una sobretasa muy fuerte al sistema financiero, hay mayor contribución frente a otros y es un grave problema", añadió. Para el abogado, además, hay cuatro puntos que preocupan: 1.Un impuesto mínimo alternativo para las sociedades que llegue a 15% 2.El impuesto al patrimonio y su efecto en los accionistas personas naturales 3. Crear la presencia económica significativa mediante un mecanismo de retención en la fuente 4. Mayor contribución de unos sectores específicos Si bien, si el documento se aprueba regiría desde el primero de enero, el grueso del recaudo, según explicó Velasco, en realidad se vería reflejado hasta 2024. "Los grandes cambios en recaudo se van a ver en 2024 porque las modificaciones del impuesto a la renta por constitución empiezan a regir a partir del periodo gravable siguiente al que se apruebe. Si se aprueba en el 2022 empezaría a regir en el 2024 y las empresas tendrían que pagar en el 2024. Pero hay medidas como los impuestos indirectos sí podrían empezar a operar casi inmediato", concluyó.
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