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Economía

Salario mínimo: las claves para el pago de las horas y el día completo laborado

Con el incremento debe tener en cuenta una serie de variables al momento de calcular cuál es el monto a cancelar por prestar sus servicios al empleador.

2 de enero de 2025 Por: Redacción El País
Salario Mínimo
Con la llegada del nuevo año, los trabajadores tendrán un aumento en sus salarios, para ello debe estar pendiente a los ajustes realizados por su empleador. | Foto: Stock.adobe.com

Con la llegada del 2025, el salario mínimo creció en un 9,54%; por tal razón, de ahora en adelante los colombianos con esta asignación devengarán $1.425.500. Tras este ajuste, también se modifica el costo del día y la hora de trabajo.

En este caso, el cálculo correspondiente para el día laborado sería de $47.450 si recibe la remuneración mínima establecida por el Estado; mientras que la hora ordinaria de trabajo alcanza los $5.931.

Salario Mínimo
Los recargos a los que usted pueda ser acreedor deben ser informados por su empleador, respetando los aumentos dispuestos por la ley. | Foto: Stock.adobe.com

Considerando la posibilidad de realizar algún tipo de hora extra diurna, estas poseen un incremento del 25%, en consecuencia, el pago de la misma ascendería a $7.413. Mientras que las horas nocturnas con su recargo del 75% tendrían un valor de $10.379.

Otro de los puntos que también debe tenerse en cuenta con la variación del salario mínimo para el 2024 es el auxilio de transporte, el cual es entregado a discrecionalidad de cada empleador. El valor de este particular sería de $200.000 adicionales a su remuneración de $1.425.500.

Tenga en consideración

La entrada en vigencia del nuevo salario mínimo es a partir del 1° de enero de 2025, en este lapso de tiempo, los empleadores que tengan a su cargo personal con este valor en su sueldo deberán realizar la respectiva actualización.

Si bien, este ajuste de ley solo rige bajo las condiciones anteriormente descritas, hay otros escenarios donde el nuevo monto genera un aumento en cadena en diferentes productos y servicios, considerando que están indexados al Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Algunos rubros que han sido desindexados del IPC se encuentran los arriendos, algunas bebidas calientes tales como café, chocolate y té; además del transporte escolar e intermunicipal. Desde el Ejecutivo han insistido en el análisis de otros productos que puedan ser incluidos en el listado, con el objetivo de evitar su aumento con cada alza salarial realizada a principios de cada año.

Mientras los alimentos jalonaron a la baja la inflación, los aumentos en gasolina, arriendos y en tarifas de energía fueron la otra cara de la moneda.
Varios alimentos han sido desindexados del salario mínimo con el objetivo de evitar un aumento considerable para los ciudadanos. | Foto: istock
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