FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Así funciona el Mecanismo de Búsqueda Urgente de la Fiscalía para encontrar a personas desaparecidas
El aviso oportuno a la Fiscalía puede acelerar las acciones para hallar a una persona desaparecida a través del Mecanismo de Búsqueda Urgente. Así funciona.
La alarma que genera la desaparición de un familiar o amigo lleva a que sus acudientes publiquen con rapidez mensajes y fotografías en las redes sociales para obtener información de su paradero. Pero esa rapidez con la que se difunden esos mensajes, no es la misma con la que se reportan los casos ante las autoridades.
Se cree que para reportar un caso de desaparición hay que esperar un periodo de 72 horas, pero esto no es más que un mito. De hecho, el aviso oportuno puede facilitar el trabajo de los investigadores de la Fiscalía para hallar a una persona víctima de desaparición forzada o extraviada por otras circunstancias.
Para atender esta problemática, la Fiscalía General de la Nación cuenta con el Mecanismo de Búsqueda Urgente (MBU), que comprende un protocolo diseñado para activar búsquedas inmediatas de personas víctimas de desaparición.
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De hecho, entre el 1 de enero y 18 de mayo de 2022, la Fiscalía ha recibido 198 solicitudes de búsqueda de desaparecidos en el Valle del Cauca, pero solo ha activado el MBU 22 ocasiones en Cali y 19 en otros 10 municipios del departamento, que corresponden a los casos en los que se inician las labores de rastreo y no se encuentra a la persona después de 24 horas.
Pero, ¿cómo funciona este mecanismo y qué debe hacer un familiar para hacer un aviso que salve la vida de otra persona? Sandra Eugenia González, directora seccional de Fiscalías de Cali, explica el mecanismo y despeja los mitos que hay sobre esta problemática.
¿Cuánto tiempo hay que esperar para reportar a un desaparecido?
No hay que esperar nada. Existe un mito histórico que dice que son determinado número de horas para poder considerar que alguien está presuntamente desaparecido, esto es falso. Si usted nota algo inusual en la rutina de un familiar o conocido, desconoce su paradero y sospecha que puede estar desaparecido, no dude en acudir a la autoridad.
¿Quién puede solicitar la activación del Mecanismo de Búsqueda Urgente, MBU?
Cualquiera puede solicitar activarlo ante la presunta desaparición de alguien, no necesariamente debe tener un parentesco con esta persona.
¿Dónde se puede solicitar su activación?
Puede acudir de manera presencial a la Fiscalía o la Unidad de Reacción Inmediata (URI) de su ciudad o municipio, también puede dirigirse con la Policía, la Personería, Medicina Legal o el ICBF, este último en caso de tratarse de un menor de edad. Estas instituciones están en la obligación de facilitar la activación del MBU.
De manera virtual, puede escribir a los correos electrónicos ctiuricentro@fiscalia.gov.co y atencionusuario.cali@fiscalia.gov.co o marcar a la línea de atención 122, opción 7 para reportar a una persona desaparecida.
¿Qué se necesita para solicitar la activación de un MBU?
Se necesita que relate de la forma más precisa posible - sea por escrito o hablado - lo que está ocurriendo, identificar al presunto desaparecido, sea mediante el número de cédula, el documento de identidad o registro civil. Debe explicar porqué considera que la persona está desaparecida, la última vez que fue vista, rasgos y características físicas. Por otra parte, quien solicita el MBU debe identificarse y dar datos para contactarlo durante la búsqueda.
¿Cuánto tiempo tarda la Fiscalía en responder a una solicitud de activación de un MBU?
La respuesta es inmediata, pues el MBU se instituyó para reaccionar con prontitud ante la presunta desaparición de una persona. Además de eso, la Fiscalía cuenta con una unidad de desaparecidos, integrada por policía judicial y CTI, liderados por un fiscal, los cuales están a cargo de tomar estas solicitudes e investigarlas inmediatamente.
¿Cómo funciona el MBU?
Una vez el ciudadano acude a uno de los canales anteriormente mencionados, la Fiscalía asigna un investigador que puede ser un policía judicial o del CTI, quien en las siguientes 24 horas tras la petición de activación del MBU, tiene la tarea de verificar si se trata de una desaparición forzada, recopilando datos mediante los familiares o quienes solicitaron la activación, además debe buscar a la persona en la red hospitalaria, con Migración Colombia o con la Policía.
En caso de encontrarlo, no habrá activación del mecanismo y se hará constancia de que apareció viva. Si, por el contrario, pasadas 24 horas, no hay rastro del presunto desaparecido, se activa el MBU y se profundizan los actos de
investigación, permitiendo a la autoridad judicial desarrollar cualquier tarea para establecer el paradero de esta persona. Dichas tareas pueden ir desde interceptar comunicaciones con todas las formalidades del caso, hacer búsquedas selectivas o allanar si es necesario.
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¿Cuánto tarda la Fiscalía en dar un primer reporte sobre la búsqueda de la persona desaparecida?
Quien solicitó la activación del MBU puede acudir en cualquier momento ante la autoridad judicial para solicitar información sobre los resultados de la investigación. La autoridad está en la obligación de suministrar la información.
¿Tiene caducidad solicitar la activación de MBU?
No hay tiempos ni mínimos ni máximos. La oportunidad de activar el mecanismo no se caduca, se puede hacer así haya pasado una semana, un mes, un año o más. Nadie puede decirle que no se puede llevar a cabo el proceso debido al tiempo que ha pasado, pues en el marco del MBU existe la obligación de encontrar a la persona viva o muerta.
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