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Salud. Ante la preocupación de los familiares del personal privado de la libertad en la cárcel Villahermosa, a quienes no ven desde el 7 de marzo, se ha implementado un sistema de comunicación virtual para mantener el contacto. | Foto: Especial para El País

MINISTERIO DE SALUD

Autorizaron las visitas de cónyuges y familiares a las cárceles del país

De acuerdo con la circular emitida por el Ministerio de Salud, a decisión se toma teniendo en cuenta la reducción en la tasa de transmisión del covid-19 en Colombia.

14 de marzo de 2021 Por:  Redacción de El País - Colprensa

Por medio de la circular 021 de 2021, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Justicia autorizaron las visitas de cónyuges y familiares a la población privada de la libertad en todas las cárceles del país.

Según ambas carteras, la decisión se toma teniendo en cuenta la reducción en la tasa de transmisión del covid-19 en Colombia y ante la disminución progresiva y sostenida de la incidencia y la mortalidad de la enfermedad en el territorio nacional.

El acto administrativo emitido este sábado es de carácter nacional. Sin embargo, según indicó Julián Fernández, director de Epidemiología y Demografía del Ministerio de Salud, serán las secretarías de salud municipales y los encargados de los centros de reclusión a nivel nacional quienes determinarán la pertinencia del regreso de las visitas y las condiciones para reactivarlas o restringirlas, según la situación epidemiológica de cada territorio en particular.

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En la circular se establece que si bien los establecimientos penitenciarios y carcelarios son susceptibles a reportar brotes de coronavirus ante las dificultades para mantener el distanciamiento, se ha establecido que los riesgos se pueden minimizar si las entidades respectivas, Inpec y Uspec, adoptan y hacen seguir estrictamente los protocolos de bioseguridad, emitidos en la resolución 313 de 2021, que también contiene indicaciones para controlar potenciales brotes en los centros de reclusión.

Fernández indicó que la determinación de permitir las visitas también se hace, pues “es necesario salvaguardar el derecho a la salud mental, emocional y psicosocial de las personas privadas de la libertad, en igualdad de derechos con todos los colombianos”.

Según el funcionario, ante la presencia de brotes en los centros penitenciarios “se debe hacer la investigación epidemiológica de campo y el aislamiento temprano de casos contactos lo más pronto posible”.

“Podrán determinarse restricciones de las visitas, pero estas deberán ser temporales, mientras se cierra el conglomerado, termina el aislamiento de los casos involucrados en los conglomerados y se dan las condiciones preventivas para reabrir los más pronto posible las visitas; puesto que los riesgos del covid-19 son importantes, pero los riesgos para la salud mental también”, explicó Fernández.

Así las cosas, las autoridades tendrán la responsabilidad de mantener la actualización constante de las medidas sanitarias y ajustarlas a las necesidades específicas de la población privada de su libertad.

En el marco del Plan Nacional de Vacunación contra el covid-19, la población privada de su libertad y los guardias del Inpec están incluidos en la etapa cuatro debido a su situación de vulnerabilidad y alto riesgo frente al contagio de coronavirus.

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