LUIS ANDRÉS COLMENARES
Caso Colmenares: Tribunal de Bogotá confirma absolución de Laura Moreno y Jessy Quintero
En una larga lectura del fallo, el alto tribunal determinó que la Fiscalía no logró demostrar, más allá de una duda razonable, que la muerte de Colmenares se tratara de un homicidio.
La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá dejó en firme el fallo que absolvió a Laura Moreno y Jessy Quintero, en el proceso que se les adelantó desde 2011 por su presunta participación en la muerte del estudiante Andrés Colmenares, en hechos registrados el 31 de octubre de 2010.
En una larga lectura del fallo, el alto tribunal determinó que la Fiscalía no logró demostrar, más allá de una duda razonable, que la muerte de Colmenares se tratara de un homicidio.
Tras resolver los recursos de apelación presentados por la Fiscalía, la Procuraduría y las víctimas, el Tribunal ratificó el fallo emitido en febrero de 2017 por la jueza 11 de conocimiento de Bogotá, que declaró la inocencia de las acusadas.
La Sala determinó que no existen elementos materiales para condenar a Laura Moreno por el delito de homicidio agravado en coautoria y Jessy Quintero por favorecimiento en homicidio.
El magistrado José Joaquín Urbano, inició la diligencia pidiendo disculpas por la demora (de más de tres años) para anunciar la resolución del proceso, dijo que evaluó más de 365 CDS y un largo expediente.
La lectura empezó relatando un extenso contexto en el que se presentaron los hechos. El magistrado consideró que, “han tenido una inconveniencia de que, alrededor se hagan juicios desde medios de comunicación”.
Así mismo, en la diligencia recordaron que “para la Fiscalía, las pesquisas arrojaron que Luis Andrés Colmenares fue golpeado por terceros en un lugar seco, originándole heridas no compatibles con una caída, para luego ubicarlo en el caño".
Posteriormente, el despacho agregó que, "la Fiscalía afirmó que Laura Moreno dijo que este (Colmenares) cayó al caño, para desviar la investigación".
Siguió con el recuento de los hechos, en los que se recordó que la jueza, concluyó que la muerte del estudiante de los Andes no fue producto de un homicidio, sino de un accidente. En la decisión que se radicó en 2017, se dijo que la muerte de Luis Andrés Colmenares “es consistente con caída sobre la cara, y no a golpes propinados por terceros”.
La sala ratificó que hubo varias irregularidades en la exhumación adelantada por el exdirector de Medicina Legal, Máximo Duque, por lo que respaldó la postura de la jueza de primera instancia, quien determinó que hubo peritajes contradictorios y que, para la exhumación del cuerpo del estudiante, que se realizó en Villanueva, la Guajira, no se presentaron las condiciones necesarias, dado que se hizo a cielo abierto, que no se utilizaron las herramientas adecuadas y que no se preservó el cuerpo.
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Incluso, el togado dijo que posiblemente durante el segundo proceso de necropsia, se realizaron fisuras en los restos óseos de Colmenares. “La segunda necropsia no cumplió con protocolo científico alguno, no se estableció si más personas manipularon el cuerpo. Se ve que lavaron el cráneo, pero se aprecia, en las fotografías presentadas, que no todos los fragmentos fueron colocados… Posiblemente se perdieron varias partes del hueso”, dijo el magistrado.
A juicio de la Sala, ni la Fiscalía, ni la defensa lograron demostrar de manera contundente que la muerte se haya tratado de un accidente o de un homicidio, por tanto, no puede condenar a las acusadas.
“En últimas, luego de analizar todas las incidencias y pruebas practicadas en juicio oral, condenar, como lo reclaman los apelantes, no es posible por cuanto el Tribunal no alcanzó definitivamente un conocimiento más allá de toda duda, no solo respecto al delito de homicidio, si no a la responsabilidad que le seguía. Tampoco, desde luego, sobre la inocencia de las acusadas. No hay otra salida posible, ya que el estándar de prueba que en los términos del artículo 381 del Código de Procedimiento Penal se demanda para condenar, no se verifica”, dijo el magistrado.
El tribunal también hizo énfasis en que no hay un testigo directo del hecho y las versiones que se presentaron durante los juicios son de terceros, además, que Laura Moreno empleó su derecho a guardar silencio y nadie controvirtió.
Respecto a la decisión, La familia de Colmenares, a través de un comunicado de prensa dijo que, “Respetamos pero no compartimos el fallo en 2da instancia del Tribunal de Bogotá, el cual confirma la supuesta inocencia de dos personas juzgadas por delitos de encubrimiento y falso testimonio en el asesinato de mi hermano Luis Andrés Colmenares Escobar… Esto no termina aquí y seguiremos buscando justicia para nuestra familia”.
Antecedentes del caso
En octubre de 2014, un fallo del Tribunal Superior de Bogotá, absolvió a Carlos Cárdenas, compañero de universidad de Luis Andrés Colmenares y pareja de Laura Moreno, pero advirtió que la muerte del joven universitario sí se pudo haber producido de manera violenta.
Si bien, el tribunal aseguró que no existían pruebas para comprobar la responsabilidad de Cárdenas, sí era evidente que Colmenares fue “agredido por terceros”.
El tribunal consideró que esta versión no era suficientemente contundente para probar la responsabilidad de Cárdenas, pero sí le dio credibilidad a las pruebas forenses que mostraban que “el traumatismo craneoencefálico que afectó a Luis Andrés Colmenares Escobar se produjo en razón del comportamiento violento desplegado por terceras personas”.
Cronología del caso
El 31 de octubre de 2010, Luis Andrés Colmenares muere, luego de caer al caño el Virrey al norte de Bogotá, al día siguiente el cuerpo de Bomberos de Bogotá encuentra el cuerpo del estudiante en el túnel del canal Río Negro del caño, en un inició se hablaba de un accidente.
En agosto de 2011, la Fiscalía General de la Nación reabre el proceso, luego de que se realizara una exhumación adelantada por el Instituto Nacional de Medicina Legal.
El 7 de octubre de 2011, las autoridades capturan a Laura Moreno y Jessy Quintero por los delitos de falso testimonio y coautoría impropia de homicidio agravado. Posteriormente, en junio de 2012, es capturado por la Sijín Carlos Cárdenas, exnovio de Moreno.
El 28 de febrero de 2012 inicia el juicio contra Laura Moreno y Jessy Quintero, en el cual declararon peritos forenses y testigos que asistieron a la fiesta del 31 de octubre de 2010.
En octubre de 2014 el Tribunal de Bogotá absuelve a Carlos Cárdenas por el delito de homicidio agravado.
En noviembre de 2016, la Fiscalía y la Procuraduría pidieron la condena para las dos jóvenes, por su presunta participación en los hechos. En 2017 finalmente son absueltas.
Irregularidades del proceso
Este caso ha tenido cinco fiscales, el primero fue Édgar Saavedra, quien abrió la indagación, sin embargo, no pudo establecer que se tratará de un homicidio, luego él es traslado, y el proceso queda en manos de Antonio Luis González, quien ordenó la captura de Carlos Cárdenas, Laura Moreno y Jessy Quintero.
González presentó tres “testimonios clave” que sustentaban el proceso, sin embargo, al final dichos testigos terminaron siendo falsos. Por esto fueron condenados Jesús Alberto Martínez, José Wílmer Ayola y Johnattan Martínez, a penas entre los cinco y siete años, luego de que aceptaran que mintieron en el proceso.
Ante el escándalo, el exfiscal Eduardo Montealegre nombró a una de las funcionarias de más alto rango de la entidad, Martha Lucía Zamora, jefe de los fiscales delegados ante la Corte Suprema de Justicia para llevar el caso.
En abril de 2014, la fiscal Zamora renunció a su cargo, y la investigación fue asumida por María Victoria Parra, quien en la administración de Néstor Humberto Martínez es nombrada como fiscal del caso Sandra Castro.
Además en el proceso también fueron asignados varios fiscales suplentes, mientras la indagación avanzaba.
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