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El fiscal general de la Nación, Francisco Barbosa, reveló que pese a que alias Otoniel será extraditado a EE.UU., la Fiscalía conformará un equipo especializado de fiscales que aglutinarán los procesos abiertos contra ‘Otoniel’ y adelantarán interrogatorios. | Foto: Cortesía para El País

CONSEJO DE ESTADO

Consejo de Estado suspendió de manera provisional la extradición de alias Otoniel

Las víctimas demandantes consideran que la extradición aprobada por el presidente Iván Duque y avalada por la Corte Suprema de Justicia, desconoce sus derechos fundamentales, pues impedirá que alias Otoniel responda ante la justicia colombiana.

29 de abril de 2022 Por: Colprensa / El País

El Consejo de Estado ordenó este viernes suspender la ejecución material de la orden de extradición de Darío Antonio Úsuga, alias ‘Otoniel’, hasta que se resuelva una demanda de tutela que interpusieron sus presuntas víctimas contra el trámite administrativo, que pretende trasladarlo a los Estados Unidos.

La decisión obedece a que el despacho ponente del caso accedió a una medida cautelar que solicitaron los demandantes, quienes consideran que las actuaciones surtidas por la Corte Suprema de Justicia, el Gobierno Nacional y la Fiscalía, frente al pedido de extradición de este ciudadano, violan sus derechos fundamentales en su condición de víctimas de las acciones que se le atribuyen al requerido.

“En ejercicio de la acción de tutela, solicitaron la protección de sus derechos fundamentales a sancionar, investigar, recurso judicial efectivo, la imposición de penas, verdad, justicia y reparación, que estimaron vulnerados por la Presidencia de la República, los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Justicia y del Derecho, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y la Fiscalía General de la Nación, Grupo de Extradición Dirección de Asuntos Internacionales”, se lee en el fallo.

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El Consejo de Estado, por consiguiente, determinó, “sobre el particular, el despacho advierte, según lo manifiestan los actores, que el trámite de la solicitud de extradición del señor Darío Antonio Úsuga, ha cumplido con todos los requisitos previstos por la normativa que regula la materia, quedando simplemente por ejecutar materialmente la decisión, lo que de ocurrir durante el curso procesal de este amparo constitucional, tornaría inane cualquier decisión que sobre la protección de los derechos deprecados llegare a tomarse; razón por la cual, atendiendo solamente a razones prácticas, se considera pertinente disponer la suspensión de la respectiva orden de extradición, hasta tanto se profiera decisión de primera instancia dentro de esta acción”.

El Consejo de Estado dispuso, en primer lugar, admitir la demanda presentada por un grupo de doce víctimas del Clan del Golfo. Entre ellas se encuentran:

Bernardo Vivas y Ana del Carmen Martínez, de la Comunidad de Autodeterminación y Vida Digna del Cacarica; María Ena Castaño Flórez y Uribel Tuberquia, de la Comunidad de las Camelias; Dagoberto Pretel, del Consejo Comunitario Cabeceras; Guillermo Peña, de la Comunidad de Pichima Quebrada del Litoral San Juan; Jaime Maheche, de ASOAIBA; Dobaybi Sinigui Bailarin, del Cabildo Mayor de Murindo; Digna Aurora Castaño, de la comunidad de la Larga Tumarado; Carlos Quiro Castaño Sierra, de la Comunidad Jiguamiando; Silvia Berrocal, de Comupaz; y Manuel Rivas Torres, de la Zona Humanitaria de Camelias.

En segundo lugar ordenó al presidente de la República, Iván Duque Márquez, suspender la ejecución material de la orden de extradición de 'Otoniel', “hasta tanto se emita decisión de fondo en este amparo constitucional, conforme con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia”.

En tercer lugar, les hizo llegar copia de la tutela a la Presidencia de la República, los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Justicia y del Derecho, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y la Fiscalía General de la Nación, con el fin que rindan el informe señalado en el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991, para lo cual se les otorga el término de dos días contados a partir del recibo de la respectiva comunicación.

También vinculó al Tribunal para la Paz de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), a la Defensoría del Pueblo, a la Procuraduría General, a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y al deteenido, haciéndoles llegar copia del escrito de tutela, para que hagan las manifestaciones que consideren pertinentes, para lo cual se le otorga un término de dos días contados a partir del recibo de la comunicación.

Se solicitó a la Corte Suprema de Justicia y a la Presidencia de la República, para que, en el término de dos días, contados a partir del recibo de la notificación, alleguen a través de medio magnético, los documentos pertinentes relacionados con la solicitud de extradición de 'Otoniel'.

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