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Una de las razones por las que muchos de los reincidentes de delitos no van a prisión, es por el hacinamiento que se vive en las cárceles y estaciones de policía del país | Foto: Foto: Archivo El País.

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Continúa la polémica: ¿todos los reincidentes deben ir a la cárcel?; esto dicen expertos

Son 58.858 personas las que están vinculadas a casos de reincidencia en 2022. El hurto es el delito que más cometen.

15 de noviembre de 2022 Por: Redacción El País

“¿Lo que le sabe barato al Estado es dejar que atraquen impunemente a ciudadanos humildes y honrados? ¿Cuando uno de esos delincuentes que soltaron vuelva a utilizar su arma y termine matando a alguien qué dirán?”, escribió a finales de la semana pasada Claudia López, alcaldesa de Bogotá, luego de que un juez de control de garantías dejó en libertad a 13 personas señaladas de un robo masivo en Transmilenio.

Esta discusión no es exclusiva de Bogotá. Muestra de ello es que según el Inpec entre enero y noviembre de este año hay 58.858 personas que están vinculadas a casos de reincidencia.

El delito que más cometen quienes reinciden es el hurto, en lo corrido del año van 12.529 personas. Le siguen el tráfico de armas, con 8.194 casos y el tráfico de estupefacientes con 7.256 personas que han cometido más de una vez este delito.

Según el Inpec, otro de los delitos en los que más reinciden los colombianos es el homicidio, pues actualmente hay 6.681 personas que tienen procesos por cometer más de una vez este delito y 5.378 por casos de concierto para delinquir.

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Con este panorama, expertos en temas de seguridad y políticos se han preguntado si es necesario que las personas que reincidan en un delito no tengan derecho al beneficio de casa por cárcel y deban ir directamente a prisión sin algún tipo de beneficio.

“Ser reincidente de delitos es una causal de agravación punitiva. No puede ser que un delincuente que ya ha tenido sanciones, se le flexibilicen y que sea más beneficiosa la pena después de encontrarse inmerso en otro delito. La excusa de la falta de centros de reclusión no puede llevarnos a impunidad, a dejar expuestos a los ciudadanos y a no garantizarles seguridad. Insisto en que el tema de reincidentes debe ser una causal para hacer más gravosa la pena. En cuanto a construcción de centros penitenciarios es una realidad, el Estado no puede claudicar en esos temas de política criminal y de seguridad ciudadana”, afirmó el senador Carlos Fernando Motoa.

El concejal Fernando Tamayo coincide en varias cosas con el senador Motoa, pues para él, en muchos casos de hurto el delincuente pone en riesgo la vida de la víctima al intimidarlo con un arma.

“Hay delitos que se consideran de bajo impacto como el hurto, pero en muchos casos el delincuente va con toda la intención de hacer un daño letal porque saca un arma (de fuego, de fogueo o blanca) y tiene la intención de usarla si la víctima opone resistencia. En esos casos, desde mi punto de vista, es causal para detener con medida de aseguramiento en cárcel, especialmente con los reincidentes. Hoy lo que vemos es que el delincuente se aprovecha de la poca infraestructura carcelaria para delinquir y causar daño porque al fin y al cabo sabe que lo van a dejar libre”, explicó el concejal Fernando Tamayo.

El cabildante añadió que lo que se “podría entrar a analizar son los casos de hurtos que ocurren bajo la modalidad de cosquilleo, pues allí no se está generando un riesgo en la vida o en la salud de la víctima”.
“Este no es un tema de opinión, es un tema de acatamiento al marco normativo actual que indica que no todas las conductas que llegan a una instancia de un juez de garantías deben ser objeto de una medida preventiva o de privación de la libertad. Eso lo establece la Ley y así operamos”, sostiene Alberto Sánchez Galeano, experto en temas de seguridad.

Sánchez explicó que el problema de hoy es que en muchos casos en los que la evidencia muestra que los delincuentes deberían ser privados de la libertad, no ocurre. “Sin embargo, no estoy de acuerdo con que todos los reincidentes vayan a la cárcel, primero porque hay falencias en los procesos de judicialización y captura por parte de la Policía y, como lo señalaba Yesid Reyes, no todas las conductas merecen esa sanción. Aquí hay que hacer un llamado enérgico para que todas las partes relacionadas con la cadena de seguridad ciudadana hagan una revisión de sus necesidades. Las peleas entre alcaldes y jueces o entre policías y alcaldes no pueden seguir”.

Finalmente plantea dos soluciones: “Lo que se necesita hoy es un plan de descongestión carcelaria y el fortalecimiento estructural de las capacidades de detención transitoria, pues los CAI y las estaciones no son lugares para tener gente detenida. Además, debe haber un criterio de judicialización mucho más claro ya que uno encuentra casos de hurto similares en ciudades distintas que reciben sanciones totalmente diferentes por parte de los jueces”.

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