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El presidente Gustavo Petro sancionó en Istmina, Chocó, la Ley que crea el Ministerio de la Igualdad. | Foto: Foto: Colprensa

CORTE CONSTITUCIONAL

Corte aceptó demanda contra Ministerio de Igualdad impulsado por Francia Márquez

Este jueves, 9 de marzo, la Corte Constitucional admitió una demanda contra la Ley 2281 de 2023, con la cual se creó el Ministerio de la Igualdad impulsado por la vicepresidenta Francia Márquez.

9 de marzo de 2023 Por: Redacción de El País

Este jueves, 9 de marzo, la Corte Constitucional admitió una demanda contra la Ley 2281 de 2023, con la cual se creó el Ministerio de la Igualdad impulsado por la vicepresidenta Francia Márquez.

La demanda fue instaurada por los congresistas de la oposición María Fernanda Cabal, Paloma Valencia, Paola Holguín y Miguel Uribe, quienes argumentaron que la creación de este ministerio en el Congreso se dio de manera irregular.

El principal argumento es no fue claro cuál era el presupuesto inicial que debía ser destinado para atender el pago de nómina y los gastos en general.

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"Durante el primer debate, ni el Gobierno Nacional ni los ponentes indicaron el impacto fiscal del proyecto ni su consistencia con el Marco Fiscal de Mediano Plazo", argumenta la demanda presentada ante la Corte.

Por otro lado, manifestaron que durante el debate en el Congreso, la oposición se retiró del recinto por lo que solo quedaron nueves senadores que no representaban el quorum suficiente para votar por el proyecto. 

"Ni el informe de ponencia para primer debate ni el articulado podían ser aprobados mediante votación ordinaria, sino que se requería de votación nominal, porque (i) solo a través de esta era posible certificar que la votación cumplió con la mayoría absoluta exigida para su aprobación; y (ii) la oposición había anunciado que se retiraría del recinto al momento de votar el proyecto, razón por la cual era necesario realizar el llamado a lista nominal para verificar si se contaba con el quórum decisorio necesario para aprobar la iniciativa", señala el documento.

Además, pidieron que se estudien las facultades del mandatario Gustavo Petro, pues la ley ¿permite que el Presidente suprima, cree o fusiones entidades, lo cual dicen los demandantes es una extralimitación constitucional.

"Consideran que dicha autorización, además de desbordar los límites constitucionales a las normas habilitantes de facultades extraordinarias, tiene implicaciones fiscales que no fueron cuantificadas, y rompe el Estado de Derecho", concluyeron.

La Corte aceptó esta demanda pues consideró que cumple con los requisitos para ser estudiada bajo revisión constitucional. Además la Corte pidió a los accionista corregir el documento y volver a presentarlo para que después pueda ser signado por reparto a los magistrados de ese tribunal.

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