Judicial
Juicio contra Álvaro Uribe: Aceptan tutela por video de contenido para adultos que se emitió por error en una de las audiencias
El Tribunal Superior de Bogotá admitió la demanda que radicó el abogado Germán Calderón España, quien argumentó que la pieza audiovisual violó los derechos de fundamentales de niños, niñas y adolescentes a la intimidad personal y familiar.

Mientras el juicio por presunto fraude procesal, soborno en actuación penal y soborno a testigos contra el expresidente Álvaro Uribe sigue avanzando en los juzgados de Paloquemao, el Tribunal Superior de Bogotá aceptó una nueva tutela contra el Juzgado 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de la capital colombiana.
Esta vez, la demanda va en contra del contenido de cine para adultos que fue emitido durante la audiencia del pasado viernes 7 de marzo, mientras daba sus declaraciones en calidad de testigo la investigadora del CTI, Mireya López. La Fiscalía argumentó que dicho video lo envió como prueba el abogado Diego Cadena, quien es uno de los presuntos victimarios de este caso.
El abogado Germán Calderón España fue el encargado de demandar esta situación, al poner como argumento que hubo una violación contra los derechos de fundamentales de niños, niñas y adolescentes a la intimidad personal y familiar a causa de las imágenes de contenido explícito.

La jueza 44, Sandra Liliana Heredia, no habría adoptado alguna medida para evitar que dicho contenido se exhibiera en la audiencia, lo cual significa una presunta omisión por violación a los derechos fundamentales.
A pesar de que en un principio el tribunal capitalino negó la demanda por falta de precisión acerca de que ciudadano era el afectado, Calderón España lo corrigió y puso como referencia a su hijo menor de edad, quien estuvo como espectador de la audiencia a través de los medios de comunicación que la transmitieron.

“El 17 de marzo, el accionante acreditó que actuaba en representación de su hijo, el menor de iniciales D. M. C. R., quien presenció la referida audiencia, por lo que al haberse subsanado la falencia, se asume el conocimiento del asunto en contra del Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá”, asegura el tribunal.
Por su parte, el abogado demandante señaló en su demanda que “es inaceptable que en un proceso judicial de esta magnitud no se haya previsto el impacto de la divulgación de material explícito, afectando a menores de edad”.
La autoridad judicial dio la orden de notificar a todas las partes involucradas, incluido el Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio. Además, a los demandados, entre ellos la jueza Heredia, se les dio un día de plazo para que presenten sus argumentos de defensa contra la tutela.
“A efecto de garantizar el ejercicio del derecho de defensa, por secretaría comuníquese esta decisión a las entidades y personas demandadas y vinculadas, remítaseles copia de la demanda para que manifiesten lo que estimen pertinente y aporten las pruebas que consideren necesarias”, enfatizó la sentencia del Tribunal Superior de Bogotá firmada por el magistrado Leonel Rogeles.
Así las cosas, de ahora en adelante se espera que el tribunal considere si hubo vulneración de derechos y si recomendará algunas medidas tanto al Juzgado 44 Penal como otros para que en futuras audiencias judiciales no se repitan estos casos.
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