CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
Justicia Penal Militar asumirá el caso por la muerte de Dilan Cruz
La decisión del Consejo Superior de la Judicatura se conoce días después de que un grupo de la Fiscalía hizo la reconstrucción de la escena en la que resultó herido el joven.
El Consejo Superior de la Judicatura decidió que el proceso por la muerte del joven Dilan Cruz, ocurrida tras una intervención del Esmad en el centro de Bogotá, será llevado por la Justicia Penal Militar.
La decisión se conoce días después de que un grupo de la Fiscalía hizo la reconstrucción de la escena en la que fue lesionado el joven que hacia parte de una marcha en el marco de las protestas que ocurrieron durante esa semana en contra del Gobierno.
Dilan resultó herido el pasado 24 de noviembre, cuando se movilizaba junto a un grupo de personas a la altura de la carrera 4 con calle 19. Allí recibió un impacto en la cabeza y fue trasladado al hospital San Ignacio, en donde falleció el lunes 26 de noviembre, después de permanecer varias horas en estado crítico.
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El uso del arma empleada por el agente del Esmad fue ampliamente defendida por el director de la Policía, general Óscar Atehortúa, y por el ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, quienes señalaron que ese protocolo de uso de la fuerza estaba amparado por las normas internacionales.
En este caso, la Sala consideró resolverlo de manera positiva para la Penal Militar dado que la afectación que sufrió Cruz fue en el marco de un acto del servicio que cumplía el agente del Esmad.
"Consideró la Sala que se cumplían con los elementos subjetivo y funcional, determinantes para asignar el conocimiento del caso a la Justicia Castrense", dice la providencia.
También aclaró que bajo ninguna circunstancia el hecho de asignar el conocimiento de un asunto a la Jurisdicción Penal Militar significa que se hable de un escenario de impunidad.
La Sala dejó de presente que en materia penal consagra dos escenarios; uno el de la Justicia Ordinaria frente a delitos que no tengan relación con el servicio activo y segundo, ante la Jurisdicción Penal Militar frente a conductas punibles relacionadas con el servicio
En ambos eventos, señala la Sala que "con el pleno cumplimiento de las garantías constitucionales y legales, se lleva a cabo una aplicación de la justicia material sobre la formal".