Judicial
Luis Fernando Duque, exrepresentante legal de Centros Poblados, fue condenado a cuatro años de cárcel por el robo de $70.000 millones
Además de dicho tiempo en prisión, el Juzgado 47 del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá indicó que el exfuncionario tendrá que pagar una multa de 7.710.256.773 de pesos.
Se conoció en la mañana de este viernes 19 de julio que Luis Fernando Duque Torres, uno de los cerebros en el escándalo de corrupción de Centros Poblados del Ministerio de las TIC ocurrido durante el gobierno de Iván Duque, fue condenado por haber sido el coautor de los delitos de peculado por apropiación en favor de terceros, fraude procesal y falsedad en documento privado.
En una sentencia de 32 páginas que emitió el Juzgado 47 del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, se lee que Duque Torres tendrá que pagar 52 meses de prisión y una multa de 7.710.256.773 de pesos.
“Este valor deberá ser pagado por el procesado en un tiempo no superior a doce (12) meses contados a partir de la ejecutoria de la sentencia en la ciudad de Bogotá, a través de depósito judicial en la cuenta que para el efecto registra el Consejo Superior de la Judicatura – Sala Administrativa- en el Banco Agrario, en consecuencia se remitirá copia auténtica de la sentencia junto con la respectiva constancia de ejecutoria que deberá ser elaborada por el Centro de Servicios Judiciales a la oficina de cobro coactivo de dicha Corporación para que se verifique su cumplimiento”, afirma el documento.
Asimismo, el Centro de Servicios Judiciales del Complejo Judicial de Paloquemao se encargará de determinar la fecha para el pago de la multa con indicación del respectivo día, mes y año. El juzgado también restringirá que Luis Fernando Duque pueda ejercer cargos y funciones públicas durante 52 meses, mismo periodo de tiempo en el que va a estar privado de la libertad.
Por otro lado, el exrepresentante legal de la ‘Unción Temporal Centros de Poblados Colombia 2020′ tendrá negados los mecanismos sustitutivos de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, la prisión domiciliaria y la prestación de servicios de utilidad pública debido a que no demostró ser padre cabeza de familia o que la comisión de los delitos hubiese estado asociada a condiciones de marginalidad. “Abónese el tiempo a la pena el tiempo que el procesado ha estado privado de la libertad en razón de estas diligencias”, señala al respecto la sentencia.
Al Centro de Servicios Judiciales de Paloquemao se le ordena radicar la boleta de la detención y posteriormente deberá oficiar al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), con el fin de hacerles notificar esta decisión judicial. Y el Inpec tendrá el deber de ejecutar el trasladado inmediato del procesado al establecimiento carcelario que vaya a designar, teniendo en cuenta que Duque tiene su residencia en Puerto Colombia, Atlántico.
“Esta judicatura ordena que por el Centro de Servicios Judiciales de Paloquemao se realice el seguimiento correspondiente para el cumplimiento de lo aquí decidido. El Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad que se le asigne deberá descontar de la pena el tiempo que el procesado ha estado privado de la libertad en razón de este proceso”, concluye el documento de la decisión judicial firmado por el juez Carlos Alberto Moreno Arboleda.