Judicial
¿Por qué la Justicia no hace más frente a los acosadores?
Los casos de mujeres que son acosadas a través de Internet son cada vez más constantes, pero hay vacíos legales que impiden judicializar al victimario.
La semana pasada, la exestudiante de Eafit, María Antonia Sanín, compartió un hilo en Twitter en el que denunció públicamente que ha sido acosada, durante siete años, por un hombre diez años mayor que ella al que conoció en esa universidad.
El acoso se intensificó cuando María Antonia se propuso no solo ignorar a Andrés Buitrago, su acosador, sino bloquearlo en todas las redes sociales. Él les escribió a personas cercanas a su círculo personal y profesional con el fin de que ella fuese “su musa”, al tiempo que le enviaba mensajes directamente para explicarle que era una “experimentación etnográfica”.
Después de algunos mensajes pasados por alto, el señalado acosador buscó comunicarse con el padre de María Antonia. En uno de los intentos, el mismo Buitrago reconoce, “he intentado acercarme de diversas maneras y siempre me ha rechazado. Ya me bloqueó de todas las redes”, pero dice que sigue intentando porque percibe “cierta conexión física o espiritual atípica” de la que se desenfoca porque el Ejército de Estados Unidos usa en él “tecnologías para comunicarse telepáticamente”.
María Antonia decidió, junto a su familia, que era mejor interponer una denuncia. El hostigamiento de Buitrago solo aumentó, con nuevas cuentas de Twitter y con la búsqueda de protagonismo de sus falsas organizaciones, como la llamada Regular 3/4, al enviar falsos documentos de derechos de petición, acciones de cumplimiento y “tutelas” a periodistas y entidades estatales.
Buitrago tiene un canal de YouTube en el que, hasta que la denuncia de María Antonia se hizo viral, tuvo 703 videos, varios de los cuales exponían datos personales de la exestudiante, a la que llamó “alias Toñix” y la acusó de ser terrorista. Según él, en aparentes delirios, la denuncia de María Antonia no lo dejó ni conseguir asilo en otro país ni tener en el Congreso “la curul de Rodolfo Hernández” ni “iterar” la respuesta de varias entidades a supuestas “propuestas”. Incluso, decía que lo que él le hacía la joven era “si acaso, acoso romántico”.
Buitrago le envió a la Rama Judicial, a periodistas, a Cancillería, a órganos adscritos a Presidencia, entre otras entidades, documentos con más de 96 “preguntas y propuestas”. En varias, dijo que quería una protesta de “rockeros y punketos” en las que dejen bolsas con heces en edificios de la Contraloría y Procuraduría.
En al menos 21 ocasiones, varios entes judiciales, incluyendo tres sentencias del Consejo de Estado, le dijeron que las comunicaciones no estaban bien redactadas, que no son claras con lo que pretenden y que nunca entregó algún certificado del representante legal de las supuestas fundaciones que dijo crear.
Sin embargo, en redes sociales Buitrago señaló a María Antonia como la culpable de que lo rechacen en todo trámite administrativo, además de que reveló detalles personales de la víctima, como su ubicación, nombres de familiares o número de cédula.
Fiscalía no ha hecho nada
La denuncia que interpuso María Antonia terminó en nada. Al señalado acosador le entregaron una orden de alejamiento y, según contó María Antonia en Twitter, “con eso dan por finalizado el caso”. “La Fiscalía no ha hecho absolutamente nada”, le dijo a Colprensa, y añadió que la entidad, al archivar el caso, le envió el documento con el anuncio a Buitrago, pero no a ella.
En ese documento la Fiscalía cuenta que como María Antonia manifestó que su objetivo era una orden de alejamiento, y como no se acreditó ninguna conducta delictiva por parte de Buitrago, provisionalmente se archivó el proceso el 30 de junio del año pasado. “A mí no me han matado, no me han echado ácido, entonces la Fiscalía no ha hecho nada”, contó Sanín.
Explicó, además, que en este momento hay otro proceso en la Fiscalía, pero “no se ha movido hace más de un año, no me han llamado a declarar, no han llamado a mi abogado, no ha pasado nada. La Fiscalía ha sido absolutamente inoperante”.
La herramienta que María Antonia encontró para dejar constancia de lo que estaba viviendo fue la denuncia pública. Luego de que en redes, periodistas y funcionarios como la congresista Catherine Juvinao, reconocieron al señalado agresor, la familia Buitrago Alzate reaccionó.
Según un comunicado, le quitaron el acceso a Internet, algo que meses atrás Buitrago había denunciado como “corrupción en el entorno familiar”, y quieren avanzar en su tratamiento psiquiátrico. Luego de la publicación, al menos 200 videos desaparecieron de su canal de YouTube.
Sin embargo, María Antonia volvió a acudir a la red y denunció que la familia de Buitrago estaba llamando a revictimizarla y a culparla. Ella dice que teme por su vida. “Rosa Elvira Cely, Natalia Ponce de León y miles de mujeres más no tuvieron la oportunidad de que su caso fuera tan visible antes de que su acosador las atacara”, publicó.
Fallas estructurales
El caso de María Antonia, infortunadamente, no es el único. Su testimonio recuerda historias como la de Lina Rezk Rojas, quien hace un mes contó en medios que desde hace un año no puede salir de su casa, pues su acosador la amenaza, crea invitaciones falsas para su boda, genera cuentas para seguirla molestando y le dice que si no es de él no es de nadie. Lina interpuso dos denuncias, pero ha señalado que no pasa nada.
La modelo Ana Sofía Henao es otro ejemplo. Ella tuvo que usar sus redes para denunciar que su acosador, a pesar de tener una orden de alejamiento, la seguía a todo lugar al que iba, sin que las autoridades pudiesen dar una respuesta certera.
El acoso como manifestación de la violencia de género, y su forma de escalar hasta recrudecerse, revela las fallas estructurales que tiene la justicia para prevenir y reaccionar. Sobre todo, frente al ciberacoso, donde las herramientas para combatirlo terminan siendo prácticamente inútiles.
Dalila Henao, especialista en Derecho Penal y Criminología, explica que el acoso es complejo de tramitar ante las autoridades. “Es difícil sentirse jurídicamente protegido cuando, por ejemplo, se es víctima de acoso y este no es de contenido sexual”, detalló. Por eso es necesario comprender los diversos tipos de intimidación a los que puede una persona estar expuesta.
Para conductas de ese estilo, dice Henao, existen dos delitos: acoso sexual, en el artículo 210A del Código Penal, y hostigamiento, en el 134B. “Cuando se trata de acoso sexual, lastimosamente el ordenamiento jurídico colombiano impone unas barreras de orden técnico que en la mayoría de los casos impiden que estas conductas tengan como resultado una sentencia condenatoria”, mencionó.
Uno de esos obstáculos es que “el trámite del proceso penal exige que se demuestre que el presunto acosador obtenía un beneficio para sí o para un tercero”, y el otro es que es necesario acreditar que el agresor se vale “de una situación de superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder”.
Teniendo en cuenta esos requisitos, “hablar de conseguir una condena a un ciberacosador que, por ejemplo, hostigue a una mujer que tenga sus mismos ingresos, estatus social, profesión o edad, sería prácticamente una ilusión”, critica Henao.
La única manera de obtener una resolución favorable para la víctima, entonces, sería “que se apliquen criterios de juzgamiento con enfoque de género”, algo que en muchas ocasiones no se hace ni siquiera en la Fiscalía, donde algunas etapas, además, como contó María Antonia, pueden ser revictimizantes.
Dalila Henao resalta que el gremio de los penalistas por lo general no apoya ni la creación de más delitos ni el aumento de penas, pues esa no es una solución de fondo para los problemas de política criminal.
No obstante, “tampoco podemos consentir que el código penal se convierta en un paquidérmico listado de conductas que no se compadecen con los avances de la sociedad, la cibercriminalidad y la era de la tecnología”, por lo que es necesario proteger a la ciudadanía a través de la tipificación de la conducta del ciberacoso, como ocurre en España.
La Corte Constitucional comparte la posición de Henao. En una sentencia de agosto del año pasado, la Corte recogió recomendaciones de la ONU y la OEA, que apuntan que “Colombia no cuenta con una normatividad específica que responda a la violencia contra la mujer en línea”, así que invitó al Legislativo que la desarrolle, algo que sigue pendiente.
Ahora, la regularización debe tener en cuenta la salud mental. Según el psiquiatra Milton Murillo, la atención en salud en ese sentido está mal.
Murillo plantea que hay dos escenarios en los que se puede interpretar la conducta de un acosador. Por un lado, podría examinársele y concluir que es una persona antisocial, “que no es susceptible de tratamiento por parte de salud mental”. Por otro, se puede detectar que tiene alguna enfermedad de base, alguna patología psiquiátrica.
La clave es que Medicina Legal intervenga para distinguir si su conducta fue premeditada, consciente e incluso, sin remordimiento, o si la persona no tiene capacidad de autodeterminarse, sino que actúa bajo su delirio o en episodios psicóticos.
Murillo explica que es necesaria una atención integral para detectar qué ocurre y, si es necesario, acudir a un tratamiento garantizado por el Estado. Eso puede definir, incluso, en qué lugar debe recluirse al victimario y si se le debe dar alguna medida de seguridad en establecimiento psiquiátrico.
La atención a las víctimas también es responsabilidad del Estado, pero ahí “también hay una falencia”, aclaró el psiquiatra. “Ahí entra lo pobre que es el servicio de salud de nuestro país”, dijo. “Muchas veces las víctimas terminan cansadas porque caen en las garras del sistema de salud y las EPS”, insistió.
Lo usual es que las EPS autoricen una cita cada mes y que las pacientes no puedan tener acceso integral si no tienen la posibilidad de pagar médicos particulares. Además, hay toda una ausencia de seguimiento en ese proceso de recuperación, así que el Estado mantiene desprotegidas a las mujeres.
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