Judicial
Primeras sanciones de la JEP serán siembra de árboles; ¿cómo entender las decisiones de esta justicia transicional?
La Jurisdicción lanzó el proyecto ‘Siembras de vida’, en el que 46 comparecientes plantarán especies nativas en un corredor ecológico cercano a Bogotá.
“El régimen sancionatorio de la Jurisdicción es diferenciado del que estamos acostumbrados en Colombia, que se impone en el sistema ordinario penal y está muy concentrado en la cárcel. El de la JEP tiene varios tipos de sanciones: carcelarias, alternativas y ordinarias, que se le imponen a aquellas personas que no reconocen responsabilidad por los crímenes graves que han cometido, pero son vencidas en juicio y se demuestra que sí son responsables”.
De esa manera Ana María Idárraga, profesora de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de La Sabana y coordinadora del ObservaJEP, explica el inicio de los proyectos del sistema restaurativo de la jurisdicción, a través de la iniciativa ‘Siembras de vida’ que inicialmente involucrará a 46 exmiembros de la extinta guerrilla de las Farc.
En este ejercicio, los comparecientes sembrarán especies nativas como el Arrayán, el Sauco Negro y el Salvio Negro, que fueron donados por el Jardín Botánico, en tres terrenos que hacen parte del corredor ambiental Chingaza-Sumapaz y que suman quince hectáreas.
Con este primer proyecto, se abren siete líneas de otras actividades, enmarcados en el modelo de justicia transicional restaurativa de la JEP en Sumapaz, Antioquia y Nariño, en los que podrán trabajar los comparecientes que han aportado verdad y vienen cumpliendo con sus obligaciones.
“Existen las sanciones propias, que se imponen los máximos responsables de los crímenes más graves y representativos que reconocen responsabilidad en ellos”, anota Idárraga, esas sanciones tienen dos elementos: uno restaurativo, que se refiere a actividades encaminadas a la restauración y la reparación de las víctimas, y otro retributivo, referido a las limitaciones de libertades y derechos. No son carcelarias, pero pueden incluir limitaciones de lugar de residencia o de circulación y pueden ser incompatibles con el ejercicio de la función pública en escenarios políticos.
La docente recuerda que estas sanciones fueron diseñadas en el marco de una negociación para alcanzar un acuerdo de paz y “esto es muy diferente de otro tipo de sanciones que se imponen en los Estados, porque en la justicia ordinaria no son negociadas, sino que son impuestas con fundamento en las leyes que ha diseñado el propio país, pero no tienen que ser dialogadas con ninguna parte”.
De acuerdo con la JEP, con ese sistema se busca “promover la reconciliación y la construcción de la paz mediante proyectos que ayuden a sanar el daño causado a las víctimas, comunidades y sociedad en general”.
Al respecto, Idárraga indica que “para alcanzar la paz en el marco de una negociación, se deben hacerse ciertas concesiones. Esto no quiere decir que no se cumplan con los mínimos del derecho internacional, los derechos humanos y el derecho constitucional, pero sí que se deben encontrar mecanismos creativos que permitan cumplir, por un lado, con esos principios y también alcanzar los fines de la negociación”.
Además, explica que no hay una obligación internacional para Colombia de imponer sanciones carcelarias ni la Constitución lo prevé de esa manera.
El sistema restaurativo arrancará con dos proyectos más en paralelo a parte de la siembra, uno de ellos estará enfocado en promover la educación en el riesgo de minas (ERM) y se desarrollará en diferentes municipios de Antioquia. Por otra parte, en Nariño se trabajará para restaurar la casa de la sabiduría del pueblo Awá.
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