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Estados Unidos busca revisar las redes sociales de migrantes antes de aprobar solicitudes de visa y ciudadanía: ¿cuál sería la razón?
La medida respondería a una orden ejecutiva firmada por el presidente Donald Trump.

A través de una polémica propuesta, el presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, pretende obtener mayor acceso a las redes sociales de los migrantes que solicitan la Green Card, la ciudadanía, un asilo o refugio en el país norteamericano.
Esta medida fue contemplada en la orden ejecutiva “Protección de Estados Unidos contra terroristas extranjeros y otras amenazas a la seguridad nacional y pública”, firmada por el mandatario.
El plan publicado en la plataforma de Registro Federal por cuenta del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus cifras en inglés), responde a las solicitudes realizadas por el magnate estadounidense tras su investidura, en las que, según señaló el ente, “exige la recopilación de toda la información necesaria para una investigación rigurosa y un análisis de todas las causales de inadmisibilidad o bases para la denegación de beneficios migratorios”.
Este bosquejo ya está disponible para que, hasta el 5 de mayo de 2025, la comunidad en general y otras instituciones puedan revisarlo y realizar comentarios al respecto, para que, posteriormente, la Uscis decida si oficializará o no la medida.

Uscis afirmó que, una vez aprobado el proyecto, las autoridades tendrán la potestad de exigir que los aspirantes a cualquiera de los beneficios anteriormente mencionados indiquen sus usuarios y perfiles de redes sociales como parte del proceso para sus formularios migratorios.
Es importante resaltar que, contrario a lo que podría pensarse, esto no se trata de una medida nueva. Desde mayo de 2019, los consulados norteamericanos tienen la potestad de revisar las redes sociales de quienes aplican para un visado de inmigrante.
Sin embargo, el Gobierno Trump busca extenderla a los trámites restantes, en los que, en términos oficiales, estarían incluidos los formularios I-589, I-590, N-400, I-485 y Green Card, que es la permite la residencia permanente de quien la solicita y le otorga el permiso de trabajar legalmente en este país.
Debido a la controversia que este anuncio ha causado, varios se preguntan si esta decisión comprendería un acto de carácter constitucional.
“Es constitucional siempre y cuando no utilicen información que es protegida por la primera enmienda de la libertad de expresión”, explicó el abogado de inmigración, Ángel Leal, en diálogo con Univisión Noticias.
Esto implica que no se podrían utilizar opiniones personales de índole política como argumentos para invalidar la solicitud.

En ese sentido, los datos recopilados serían utilizados para verificar la identidad de los procesados, investigar y corroborar antecedentes y evaluar medidas de seguridad nacional.
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