Columnistas
Una cárcel para Epa
Todos los internos por delitos similares deberían estar en las mismas condiciones, sin privilegios especiales porque sean paramilitares, o guerrilleros...

La situación de las cárceles en Colombia es gravísima desde hace décadas, tanto que el mismo Estado, a través de la Corte Constitucional, la declaró estructuralmente inconstitucional. Por eso es inaudito que las dificultades de la población presidiaria se expongan, con el fin de crear una excepción, a través de la microhistoria de Epa Colombia.
Siempre ha habido dudas sobre que aislar a ciertos delincuentes, como los que delinquen por razones económicas, sean ellas la extrema pobreza o la extrema codicia, sea la respuesta adecuada para resocializar al delincuente. Hay menos dudas de que la cárcel sea un mecanismo eficaz, tal vez el único razonable, para aislar y proteger a la sociedad de otros delincuentes, como los depredadores sexuales, los asesinos seriales o los terroristas fundamentalistas.
Es un lugar común decir que la cárcel es la universidad del crimen. Las prisiones son centros de operación de actividades de la delincuencia organizada, escenarios de lucha del poder entre pandillas y bandas y terribles crímenes contra la propia población interna, recordemos las decenas de cadáveres descuartizados y enterrados en la cárcel Modelo de Bogotá, que son algunas de las razones por las cuales deberíamos pensar qué tipo de sistema carcelario deberíamos tener, a quiénes deberíamos internar, por cuánto tiempo o en qué condiciones.
El debate es mundial y sus fenómenos no excluyen a los países desarrollados. Hoy no hay convergencia entre filósofos, juristas y políticos sobre qué sistema carcelario responde mejor a las necesidades de la protección social o los objetivos de la pena.
Siendo un conflicto entre ley y derechos tan grave y de fondo, creo que la exposición que ha tenido Epa Colombia desde que ingresó como condenada a la cárcel trivializa y personaliza tanto el fenómeno como sus soluciones.
El punto no es la justicia de la condena ni de la pena. La primera fue resuelta en el proceso penal y ella perdió, sino porque le probaron que cometió un delito grave cuya pena en la ley implica cárcel, no por ser una pobre perseguida por protestar. El debido proceso y la ley son los parámetros concluyentes.
Una vez condenada, la discusión de si las condiciones de su internación son las adecuadas es otra cosa. Ella aprovecha su exposición pública y su capacidad de acción mediática para buscar privilegios personales respecto de su hija, su pareja y en general su vida en la cárcel.
La exhibición del dolor que vive Epa Colombia es en sí misma privilegiada y focalizada, otras presas no cuentan con ese poder.
Las cárceles deben ser estandarizadas; una vez definido en la ley y por la justicia quién debe ir a la cárcel y por cuánto tiempo, el único criterio para diferenciar entre presos debería ser la seguridad, la capacidad de delinquir desde la cárcel y el estado en que se encuentre en su preparación hacia la libertad.
Todos los internos por delitos similares deberían estar en las mismas condiciones, sin privilegios especiales porque sean paramilitares, o guerrilleros, como ha sucedido en Colombia como el cuento de que para reconstruir la verdad tienen que estar comunicados por teléfono y por computador con el exterior, o que por ser políticos poderosos deban tener salas especiales de reuniones, televisores o cocinas separadas manejadas por ellos mismos, a través de otros presos que están a su servicio, o celdas.
Es un paso mínimo, pero indispensable para un sistema carcelario que por lo menos no reproduzca las inequidades de las estructuras de poder externas, sean ellas sociales, políticas, económicas o publicitarias, legales o ilegales, todos en la cama o todos en el suelo.
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