Columnistas
Una ley para Irene
En los albores de la renuncia de Irene Vélez al Ministerio de Minas, su papá, Hildebrando, trinó con un listado de logros menores en la vida personal y académica de su hija, ninguno de los cuales es el hilo conductor hacia el ministerio que ejerció. Al final sugiere con desparpajo que a su hija la están sometiendo al escarnio propio del circo romano. Seguro piensa que también es histeria se reclame que fuera la supervisora del contrato y autorizara las cuentas de Mississippi Dragonfly con la Universidad del Valle, una empresa audiovisual de su esposo que sólo ha hecho dos documentales en los que es el director y ella la productora.
No conocemos la explicación de Vélez a semejante trapeada con el régimen de conflictos de interés, solo que inicialmente reportó la relación con el ignoto Sjoerd van Grootheest y Mississippi Dragofly y luego la desapareció, dice ella que por un error de digitación. Pero de su firma en los informes de supervisión, nada.
Hoy la duda: ¿Irene Vélez abusó de su poder al lograr que su hijo saliera del país acompañado de su papá, sin una autorización notarizada válida en Colombia, pero enviada por correo electrónico?
Lo primero es que la ley exige que cuando un menor de edad salga país sin uno o ambos padres, debe tener una autorización escrita, firmada ante Notario y entregada en original. Gústele a quién le guste, es el requisito legal. No importa si los menores tienen doble nacionalidad, caso en el cual deben cumplir con la regla aplicable a los colombianos. Así está explicado en la página de la Cancillería desde 2018: “Los infantes y adolescentes con doble nacionalidad, deben presentar el permiso de viaje del padre que no viaje con él, así no tengan domicilio permanente en el país” y “Si el padre o madre se encuentra en el exterior, el permiso debe estar suscrito ante el Cónsul colombiano. De no ser posible ubicar un Consulado colombiano cerca de su residencia, el permiso debe estar diligenciado en idioma español, suscrito ante notario público, debidamente apostillado y siempre debe ser original”.
Más claro, difícil.
Aún no se sabe si la exministra doblegó al funcionario de migración invocando su cargo y poder, pero en el país de “usted no sabe quién soy yo”, es lo más probable.
No importa si el requisito es razonable, personalmente creo que los procesos migratorios para menores son excesivos. He visto padres que están ambos presentes en el aeropuerto, pero se les olvidó el permiso y de cuerpo presente, le dicen a los funcionarios de migración que firman la autorización y les niegan la salida porque el requisito es claro. No es un correo electrónico, ni una llamada, es un permiso escrito y autenticado notarialmente.
De malas, diría alguien.
La ministra como mamá no tiene una condición especial frente a todas las otras mamás que olvidan la autorización notarizada, y debió correr su misma suerte. Que la norma no le guste o le parezca absurda no la eximía de cumplirla, porque hay otra norma vigente hace 150 años que dice “cuando el sentido de la ley sea claro, no se desatenderá su tenor literal a pretexto de consultar su espíritu”.
Obviamente tenía la alternativa de violar la ley y para eso están las consecuencias de infringirla, que no se pueden eludir diciendo que la autora fue campeona de nado sincronizado, o docente más joven de una universidad o tesis meritoria de algo no especificado.
Todas son banalidades para echarle sombras a un acto, pequeño pero grave, de abuso del poder.
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