Política
Así respondió en 2023 la Presidencia una denuncia ciudadana que advertía sobre Sneyder Pinilla
El documento asegura que la responsabilidad de estudiar esas denuncias le correspondía a la persona que había hecho el nombramiento, Olmedo López, el entonces director de la UNGRD.
Deiver Parra Rondón es un líder social que venía denunciando lo que pasaba en la Unidad Nacional de Gestión de Riesgo desde el año 2023. Así lo demuestra una carta publicada este miércoles dirigida al presidente de la República, en la que Parra Rondón advierte sobre las presuntas irregularidades del entonces subdirector de la entidad, Sneyder Pinilla, cuando este se desempeñaba como alcalde del municipio de Sabana de Torres, Santander entre los años 2016 y 2019.
Lo que llama la atención del escrito es que la entonces jefe del despacho del presidente respondió el escrito asegurando que “el presidente no puede intervenir en asuntos como los expuestos por usted”.
Dicha misiva del Ejecutivo inicia explicando que en cuanto a la petición que hacía el líder Parra para remover del cargo a Pinilla, se debía tener en cuenta el artículo 125 de la Constitución Política, el cual dispone que las entidades del Estado tienen autonomía para la gestión de sus intereses, dentro de los límites de la Constitución y la ley.
#Atención Esta fue la respuesta de Presidencia en noviembre de 2023 cuando llegó al despacho de la jefatura varios documentos que informaban de las presuntas irregularidades de Sneyder Pinilla, en ese entonces subdirector de la UNGRD cuando fue alcalde de Sabana de Torres,… pic.twitter.com/rdqDLeM8T6
— BluRadio Colombia (@BluRadioCo) May 22, 2024
En ese sentido, la presidencia resalta que los cargos de libre nombramiento y remoción son asignaciones laborales realizadas por decisión del empleador que se rigen por “el criterio de mérito, de las calidades personales y de la capacidad profesional de una persona”.
“Los cargos de libre nombramiento y remoción son únicamente los creados de manera específica, de conformidad con el catálogo de funciones del organismo, de la entidad territorial o de las entidades del Estado, para cumplir un papel directivo de manejo, de conducción u orientación institucional”, resalta el documento.
Por lo tanto, indican que estos tipos de cargos de la administración pública implica que haya un otorgamiento de una confianza alta por parte del funcionario que tiene a su cargo dichas responsabilidades.
“En tal sentido, el señor Presidente de la República ha elegido su gabinete de la forma más responsable posible, premiando el mérito y criterios técnicos para su escogencia”, explica la misiva.
Finalmente, concluye que en cuanto a los nombramientos particulares no se pueden pronunciar, porque según la Presidencia de la República, el respectivo empleador en cada entidad es el único que tiene las voluntades de vincular a los funcionarios en los cargos de libre nombramiento y remoción.
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