Política
Atención: Tulio Gómez seguirá inhabilitado; niegan tutelas interpuestas por su revocatoria
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las tutelas interpuestas por el candidato en su aspiración a la Gobernación del Valle.
Tulio Gómez seguirá inhabilitado para participar en las elecciones regionales del próximo 29 de octubre como candidato a la Gobernación del Valle del Cauca. Esto después de que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negara las tutelas interpuestas por el aspirante, dando cumplimiento a lo estipulado por el Consejo Nacional Electoral en primera instancia.
Vale recordar que Gómez había acudido al alto tribunal para pedir la protección de sus derechos, los cuales había considerado vulnerados por el CNE, que a través de la ponencia del magistrado César Lorduy, decidió inhabilitarlo por haber firmado contratos públicos en el periodo en que esto ya no se podía hacer por parte de los aspirantes.
En este sentido, según han analizado los expertos políticos en el marco de las elecciones regionales a finales del mes de octubre y de los demás candidatos, con esta decisión le quedaría el camino libre a Dilian Francisca Toro, la rival de Gómez en su carrera por llegar a la Gobernación del Valle del Cauca. La exdirectora del Partido de la U iría por su segunda gobernación del departamento, donde ya lo hizo en el periodo 2016-2020.
Según la demanda del máximo accionista del América de Cali, señalaron que presuntamente les fueron violados los derechos constitucionales a la igualdad, debido proceso y el derecho a elegir y ser elegido, establecidos en los artículos 13, 29 y 40, numeral 1° de la Carta Política, respectivamente.
Sin embargo, durante el proceso, tanto del llevado a cabo por el CNE para tomar su decisión inicial y de propio Tribunal Administrativo de Cundinamarca, “se tiene que el señor Tulio Alberto Gómez Giraldo gestionó, intervino y celebró contratos de aprovechamiento económico con el Distrito de Santiago de Cali – Secretaría de Deporte y Recreación en su calidad de representante legal de la sociedad América de Cali S.A. – en reorganización, donde también hace parte de la junta directiva y ejerce una situación de control de acuerdo a lo certificado por la Cámara de Comercio de Cali”.
“Dichos contratos fueron suscritos el 10 de noviembre de 2022, esto es, dentro del término de los doce meses anteriores a las elecciones de que trata el numeral 5º del artículo 111 de la Ley 2200 de 2022, teniendo en cuenta que la contienda electoral para gobernador tendrá lugar el próximo 29 de octubre de 2023”, señala el documento.
En ese sentido, y tras analizar todas las pruebas tanto de demandado como de la parte demandante, el Tribunal decidió finalmente “negar las pretensiones de amparo bajo el entendido que, en efecto, el señor Tulio Alberto Gómez Giraldo se encuentra inmerso en la causal de inhabilidad contenida en el mencionado numeral 5º del artículo 111 de la Ley 2200 de 2022, para ser gobernador del Valle del Cauca en las próximas elecciones del 29 de octubre de 2023″.
Dilian Francisca Toro deberá asistir a la audiencia pública de revocatoria del CNE
Durante la mañana de este jueves 19 de octubre el Consejo Nacional Electoral citó a Dilian Francisca Toro, candidata a la Gobernación del Valle del Cauca, a una audiencia pública debido a la demanda en contra de su candidatura contra la Administración Seccional.
La denuncia contra la avalada por la coalición Unidos por el Valle, interpuesta por el ciudadano Robinson Emilio Masso Arias, se fundamenta en que Toro “se inscribió como candidata a la Gobernación del Valle del Cauca para el periodo 2024-2027, a sabiendas de que para esa fecha ejercía como directora Única del Partido Social de Unidad Social – Partido de la U”.
En ese sentido, el demandante expuso en el documento que una de las fuentes de financiación del Partido de la U “son los dineros que entrega el Estado por reposición de votos que no son reclamados por los candidatos”, por lo cual Toro, en su condición de directora única de dicha casa política, “administró durante el año 2022 hasta el 6 de agosto de 2023, como ordenadora del gasto, los dineros girados por la nación a dicha entidad política”.
Al respecto, Masso explica en el documento que, de acuerdo con la norma, establecida en el artículo 111, no podrán ser inscritos, o elegidos como gobernadores, quienes un año previo a las elecciones, “hayan intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel departamental o en la celebración- de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo departamento”.