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Según la investigación, el consumo de alimentos en la calle es del 46,5 % y el 71,9 % de la población encuestada consume alimentos mientras usa alguna pantalla (televisor, computador o celular). Entre un 70 y un 80 % de los hogares reporta que consume embutidos (salchichas, jamón). | Foto: Foto: Especial para El País

IMPUESTOS

Conozca la lista de los artículos que sí pagarán más impuestos desde septiembre de 2023

Colombia tendrá impuestos saludables en el año 2023 luego del apoyo a este artículo en las plenarias de la Cámara de Representantes y el Senado de la República.

3 de noviembre de 2022 Por: Redacción de El País

El proyecto de ley que busca cobrar un impuesto del 10% a alimentos ultraprocesados que tengan adición de sal, sodio, grasas saturadas o azúcares por encima de unos niveles permitidos se aprobó en la Cámara de Representantes y el Senado. 

Al respecto, la gran pregunta es: ¿Cuál es la lista de esos artículos a los que se les cobrará dicho impuesto?

Cabe resaltar que algunos alimentos se salvaron del impuesto y quedaron expresamente excluidos de la lista,  como  es el caso del bocadillo, la miel, el pan, el yogur, la cuajada, la butifarra, el salchichón, las obleas, el arequipe y el dulce de leche.

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Listado de alimentos con impuestos: 

Grupo 1: productos constituidos por los componentes naturales de la leche, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante, no expresados ni comprendidos en otra parte; excepto el arequipe y el dulce de leche.


Grupo 2: embutidos y productos similares de carne, despojos, sangre o de insectos; preparaciones alimenticias a base de estos productos, excepto salchichón, mortadela y butifarra.

-Jamones y perniles
-Tocino
-Albóndigas
-Carne para hamburguesa
-Salchichas
-Chorizo
-Cábano

Grupo 3: las demás preparaciones y conservas de carne, despojos, sangre o de insectos. 

Grupo 4: artículos de confitería sin cacao (incluido el chocolate blanco)
-Gomas
-Frunas
-Caramelos duros
-Bombones
-Chicles
-Mentas

Grupo 5: chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao.
-Chocolatinas
-Chocolates rellenos

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Grupo 6: mezclas y pastas para la preparación de productos de panadería, pastelería o galletería. Mezclas listas para tortas, natillas, buñuelos, pancakes, galletas y hojaldres

Grupo 7: productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado (por ejemplo: hojuelas o copos de maíz); cereales (excepto el maíz) en grano o en forma de copos u otro grano trabajado (excepto la harina, grañones y sémola), precocidos o preparados de otro modo, no expresados ni comprendidos en otra parte.

-Cereales para el desayuno.

Grupo 8: productos de panadería, pastelería o galletería, incluso con adición de cacao; hostias, sellos vacíos de los tipos utilizados para medicamentos, obleas para sellar, pastas secas de harina, almidón o fécula, en hojas y productos similares. Excepto el pan y las obleas.

-Postres
-Tortas
-Galletas dulces o saladas
-Arepas
-Brownies

Grupo 9: las demás hortalizas preparadas o conservadas (excepto en vinagre o en ácido acético), sin congelar, excepto los productos de la partida 20.06.

-Verduras en lata (maíz, fríjoles o mezclas)
-Paquetes de papas, plátano y yuca entre otros
-Aceitunas
-Alcachofas
-Pimienta

Grupo 10: hortalizas, frutas u otros frutos o sus cortezas y demás partes de plantas, confitados con azúcar (almibarados, glaseados o escarchados).

Grupo 11: confituras, jaleas y mermeladas, purés y pastas de frutas u otros frutos, obtenidos por cocción, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante, excepto el bocadillo de guayaba.

-Mermeladas
-Compotas para bebé

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Grupo 12: frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante o alcohol, no expresados ni comprendidos en otra parte.

-Pulpa de fruta congelada (si tiene azúcar)
-Maní y los demás frutos secos

Grupo 13: preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada.

-Mayonesa
-Salsas de tomate, piña, tártara, BBQ, rosada, entre otras
-Mostaza
-Condimentos

Grupo 14: helados, incluso con cacao.

Grupo 15: preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte.
-Polvos para la preparación de budines, cremas, helados, postres, gelatinas y similares.

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