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La nueva presidenta de la Corte Constitucional, magistrada Diana Fajardo Rivera fue posesionada hace un poco más de dos meses.
La nueva presidenta de la Corte Constitucional, magistrada Diana Fajardo Rivera fue posesionada hace un poco más de dos meses. Foto: Colprensa | Foto: El País

Política

Diana Fajardo, presidenta de la Corte Constitucional, habla de las denuncias por acoso sexual en las altas cortas

La nueva presidenta de la Corte Constitucional es la principal responsable de algunos fallos polémicos.

21 de abril de 2023 Por: El País

La recién posesionada presidenta de la Corte Constitucional, Diana Fajardo Rivera, fue la principal responsable de los fallos más polémicos de ese tribunal en los últimos tiempos, tales como las licencias de paternidad para parejas del mismo sexo, la regulación de la eutanasia en Colombia y el aborto.

Ahora, la magistrada habló con Colprensa de las denuncias de acoso sexual conocidas en las altas cortes y de las demandas contra las reformas del presidente Petro, entre otros temas.

¿Cómo lograr que la Justicia sea más igualitaria con las mujeres?

Las mujeres hemos sido tradicionalmente excluidas de los espacios de poder y de toma de decisiones, y la administración de justicia no es ajena a esas dinámicas. Esto ha hecho que predomine un modelo de justicia que olvida las necesidades de las mujeres y que perpetúa instituciones, procedimientos y hasta prejuicios de género. Aunque ha aumentado la participación de las mujeres en la Rama Judicial, especialmente en esta Corte, aún falta mayor representatividad.

La nueva presidenta de la Corte Constitucional, magistrada Diana Fajardo Rivera, habla sobre sus polémicos fallos.
La nueva presidenta de la Corte Constitucional, magistrada Diana Fajardo Rivera, habla sobre sus polémicos fallos. Foto: Colprensa | Foto: Sergio Acero

¿Cree que la de hoy es una Corte vanguardista o conservadora?

Lo de vanguardista o conservadora obedece a una calificación de la opinión pública, a la cual no debemos sujetarnos magistrados y magistradas, pues nuestro propósito es la defensa de la integridad de la Carta Política de 1991. Además, no deja de ser paradójico ver que durante mi paso por la Corte he sido ubicada en extremos opuestos, lo cual evidencia la indeterminación de estas categorías y la dificultad de atribuirlas a la Corte como institución, en tanto, la conformación plural de esta busca reflejar una diversidad de conocimientos.

¿Poder suspender una norma incompatible con la Constitución no puede generar cierta inestabilidad jurídica?

Esta discusión no era nueva para la Corte. El año pasado, la Sala Plena debatió esas facultades en el marco de las demandas de inconstitucionalidad contra la Ley 2159 de 2021, que suspendió parcialmente la Ley de Garantías Electorales. En esa ocasión, la mayoría descartó la suspensión provisional de los efectos de la norma. Este año volvió a surgir la discusión y la Sala Plena aceptó la posibilidad excepcional de suspender provisionalmente los efectos de una norma cuyo control constitucional está en curso. Esta decisión estuvo fundamentada en la preservación del principio de supremacía constitucional, y no hay razones para alarmarse, pues la Sala Plena fue muy clara en establecer límites estrictos para la activación de la medida.

La Corte declaró inconstitucionales las penas de 60 años. ¿No es incoherente la forma cómo se manejan?

El sistema penal y las penas en particular tienen como objetivos principales la protección de los derechos de los ciudadanos, así como la prevención, la sanción y la rehabilitación de los infractores. En un Estado de Derecho es usual que el Legislador ajuste las penas en función de las necesidades de la sociedad. Sin embargo, sin perjuicio del margen de configuración que le compete al Congreso, los objetivos del sistema penal deben ser alcanzados respetando los principios constitucionales, como la dignidad humana y la proporcionalidad y razonabilidad de las penas en el marco del ‘estándar constitucional mínimo’ desarrollado por la jurisprudencia constitucional.

¿Cómo está la relación de la Corte con el presidente Gustavo Petro?

Con cualquier Presidente las relaciones se guían por principios constitucionales de colaboración armónica e independencia, esenciales para el cumplimiento de los fines del Estado.

presidente Gustavo Petro. | Foto: Foto: Colprensa

¿Le faltan más dientes a la Corte para hacer cumplir sus fallos?

La situación de hacinamiento en cárceles y centros de detención transitoria ha sido una de nuestras mayores preocupaciones. Históricamente se han venido adoptando medidas importantes para contribuir a la superación de esta crisis, que es estructural y compleja, de modo que la intervención de la Corte ha servido para vigilar los avances, garantizar que se atienda la problemática y lanzar las alarmas pertinentes cuando ha resultado necesario hacerlo.

Se dice que en la Corte no ha habido respuesta a las quejas presentadas por acoso sexual...

El acoso sexual, en cualquier entorno, es inadmisible y dañino para quienes lo padecen, comúnmente, las mujeres. Aquí no se han presentado formalmente quejas por acoso sexual. Desde el 2018, se han realizado campañas de sensibilización, divulgación y capacitación sobre la importancia de la igualdad de género en el lugar de trabajo, así como mediciones preliminares del ambiente laboral, que motivaron posteriormente la vinculación del Programa de Justicia para una Paz Sostenible de USAID, como aliado estratégico para el impulso de fortalecimiento institucional en materia de equidad de género.

Con ese apoyo se llevó a cabo una consultoría entre agosto de 2020 y mayo de 2021, cuyo resultado fue la entrega de una propuesta a la Corte de contenidos y medidas que orientaran la adopción de una política de Equidad de Género y Cero Tolerancia con la Violencia, que encontró fundamento en legislación en materia de igualdad y no discriminación, y se adoptó luego de un ejercicio de consulta en el cual participó el 81 % del total de servidores vinculados a la corporación.

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