Política
Discordia en el Congreso por el artículo 18 de la reforma laboral; ¿ya no tendría que presentar excusas médicas en el trabajo?
El debate seguirá en el Senado de la República.
Continúa el debate en la Plenaria de la Cámara de Representantes sobre la discusión de la reforma laboral. Entre los puntos que debatieron en la jornada del 7 de octubre está el artículo 18, el cual se aprobó, pero que desde algunos sectores dicen que es la ‘puerta’ para que los empleados no tengan que presentar excusas médicas para ausentarse a sus trabajos.
En el artículo dice que se debe “conceder al trabajador y trabajadora las licencias necesarias para casos puntuales. Por ejemplo, en casos de diagnósticos menstruales incapacitantes o para atender citas médicas o judiciales relacionadas con violencias basadas en género”, puntualiza el documento de la ponencia que terminó siendo aprobada.
Entre quienes alzaron su voz contra este punto del articulado se encuentra la representante Catherine Juvinao, de la Alianza Verde, quien aseguró que “lo que se acaba de aprobar en el artículo 18, que tiene que ver con licencias remuneradas, es antitécnico pero, sobre todo, muy irresponsable”.
Además, opinó que esta medida puede ser contraproducente para las mujeres que trabajan en empresas, ya que, según ella, “esto llevaría a las empresas a una situación absolutamente inmanejable porque, entre otras cosas, para los casos de ciclos menstruales incapacitantes que se incluyen aquí, van a terminar generando discriminación contra las mujeres”, puntualizó Juvinao.
“Si los empleadores tienen que darles una licencia menstrual cada mes a la mujer, y la mujer ni siquiera tiene que acreditarla por parte del médico tratante, pues el incentivo que va a tener el empleador para mantener la productividad de su empresa es evitar la contratación de mujeres”, concluyó.
Por último, cuestionó que no se exigiera la acreditación correspondiente que verifique la asistencia a cualquier actividad que ahora quedará amparada para licencia remunerada.
“Quedaron los permisos remunerados para asistir a citas médicas programadas o de urgencia, pero no se exige que el empleado acredite la patología por el médico tratante de esa incapacidad o de esa enfermedad”, cuestionó Juvinao.
Frente a esto, la ponente del proyecto, la representante Mafe Carrascal, del Pacto Histórico, aseguró que este artículo “amplía los casos en los que los y las trabajadores tendrán derecho a esas licencias, incorporando situaciones fundamentales como las citas médicas, urgencias, ciclos menstruales incapacitantes, obligaciones escolares y situaciones judiciales y administrativas relacionadas con violencias de género”.
Ante los cuestionamientos sobre la inexistencia de un punto donde se diga que es obligatorio tener una excusa médica o una acreditación correspondiente frente a loas nuevas licencias remuneradas, Carrascal aseguró que se va a poner la anotación en el articulado para que sea debatido en el Senado y se anexe.
Otro de los puntos que se aprobó en la plenaria de la Cámara fue la formalización del trabajo de las madres y los padres comunitarios.
Se trata del artículo 78, el cual establece que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) “vinculará progresivamente a las madres y padres comunitarios a su planta de personal como trabajadores oficiales, priorizando a aquellos grupos con mayores niveles de informalidad”.
De esta manera, ase garantiza el derecho laboral de aquellas personas que cuidan de más de un millón de niños en Colombia, accedan a beneficios como seguridad social, pensión y estabilidad.
“Colombia ha dado un paso crucial para la dignidad y el reconocimiento de las madres y padres comunitarios. Esta es una lucha de décadas y hoy, finalmente, les estamos otorgando el lugar que merecen como trabajadores oficiales”, afirmó el Representante a la Cámara Alejandro Ocampo.