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REVOCATORIA

Este sería el siguiente trámite para avanzar en la revocatoria del alcalde Daniel Quintero

Una vez el CNE certifique que las cuentas están en orden, la Registraduría notificará al Ejecutivo y este tendrá 8 días a partir de ese momento para convocar la jornada democrática, cuyo plazo no puede superar los dos meses.

12 de enero de 2022 Por: Colprensa / Redacción de El País
Daniel Quintero Calle, alcalde de Medellín. | Foto: Colprensa.

Luego del aval que ratificó la Registraduría a 132.908 firmas para la revocatoria del alcalde Daniel Quintero, de 91.211 necesarias, el proceso está a la espera de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) certifique el informe con los estados contables que presentó el comité promotor y que contiene el detalle de los gastos que hicieron para recolectar las firmas.

Aunque para este paso no se establece un tiempo límite, un grupo de más de 10 contadores del Fondo de Financiación Política, adscrito al CNE, avanza en la revisión del informe contable y espera entregar sus conclusiones la próxima semana. 

Fuentes del CNE informaron que dicha tarea es una prioridad, por lo cual están trabajando en ella “a toda marcha”. Hasta el momento, confirmó Andrés Rodríguez, vocero de la revocatoria, que el CNE les ha hecho cuatro observaciones sobre las que requieren precisiones para avanzar en la consolidación final del informe. Y el comité trabaja en dar respuesta pronto.

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Sin embargo, El Colombiano conoció que desde la entidad se prevén nuevas observaciones y que hay en marcha algunos derechos de petición enviados por distintas personas, relacionados con el proceso que están a la espera de responder. Las partes no quisieron entregar detalles sobre ninguno de los temas.

Cuando todas las precisiones estén dadas, el Fondo le entregará el informe a la Sala Plena del CNE, en la que nueve magistrados tomarán la decisión de certificar o no los estados contables. Esto determinará el futuro de la revocatoria.

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¿Se puede caer el proceso?

El exmagistrado Guillermo Mejía explicó que la presentación del informe contable que hizo el comité es un requisito legal que establece límites en los gastos que se pueden hacer para la recolección de las firmas de apoyo. Para 2021, se estableció que este proceso no podía superar los $236 millones, así como que una persona (natural o jurídica) no podía aportar más del 10% de ese monto total.

“Si la rendición de cuentas de la recolección de firmas no es aprobada por el CNE, no se puede certificar que la campaña se hizo bien y fracasaría la revocatoria”, dijo el exmagistrado. En este sentido, desde el comité revocador aseguraron que se sienten tranquilos porque presentaron un estado contable completo, con detalle de las donaciones en dinero y especie, y que siempre se mantuvieron por debajo de los límites permitidos.

En caso de que este paso se surta de forma favorable a la revocatoria, hay otra rendición de cuentas que se debe presentar: el dinero que tanto el comité de revocatoria como el alcalde inviertan en la campaña, que realizan desde el momento en el que se fija la fecha para las votaciones hasta el día en el que se cumplan, también tiene topes.

Mientras que el comité revocador promoverá la asistencia a las urnas para lograr el umbral de 314.720 personas que deben votar, también se podrá conformar un comité de defensa del alcalde que invite a votar no a la revocatoria o a la abstención. De cualquier forma, si este requisito se cumple, 157.361 o más ciudadanos deben irse por el sí para que el alcalde sea revocado.

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En este caso, todos los recursos de la campaña de defensa deberán salir del bolsillo del mandatario o de donaciones de particulares, siempre bajo los límites permitidos. Los funcionarios de la Alcaldía podrán manifestar su apoyo a Quintero por medio de la divulgación de logros obtenidos durante su gestión y que respondan a las propuestas que hizo cuando era candidato. De ninguna forma, aclaró el exmagistrado Mejía, podrán dar discursos en plaza pública y tampoco podrán participar en estas campañas los servidores públicos de otras entidades como la Gobernación, la Personería, la Procuraduría, etc.

En todo caso, una vez el CNE certifique que las cuentas están en orden, la Registraduría notificará al Ejecutivo y este tendrá 8 días a partir de ese momento para convocar la jornada democrática, cuyo plazo no puede superar los dos meses.

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