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PROCURADURÍA GENERAL

Procuraduría pide declarar improcedente tutela contra suspensión de Daniel Quintero

La acción de tutela fue radicada por Javier Alfonso Ibáñez Romero, quien aseguró que con la decisión de la Procuraduría de suspender al Alcalde de Medellín se vulneraron los derechos fundamentales de Quintero.

26 de mayo de 2022 Por: Redacción de El País
El Alcalde de Medellín, Daniel Quintero, se presentó ante la Procuraduría General de la Nación para ser notificado de su destitución, la cual no realizaron de manera oportuna y posteriormente realizó una rueda de prensa. | Foto: Foto: Colprensa

La Procuraduría General de la Nación pidió, a través de un concepto que fue enviado al Consejo de Estado, se declare improcedente la tutela radicada en contra de la decisión que suspendió de su cargo al alcalde de Medellín, Daniel Quintero, por presunta participación política. 

En la acción de tutela, que fue presentada por Javier Alfonso Ibáñez, se asegura que los derechos fundamentales de Quintero habían sido vulnerados con la decisión emitida por la Procuraduría el pasado 10 de mayo sobre su suspensión como primer mandatario de la ciudad.

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En el documento, Ibáñez también manifiesta que con la decisión de la Procuraduría se presentó una usurpación de funciones, porque esta no puede suspender a mandatarios elegidos por voto popular. Además, señala que con la designación de Juan Camilo Restrepo como alcalde encargado se violó la Constitución Política porque este no es del mismo movimiento político de Daniel Quintero. 

Al respecto, la Procuraduría consideró que, luego de estudiar el documento, se determinó que la tutela habría sido interpuesta por una conformidad que sería personal y que, además, no se probó cuál fue el perjuicio irremediable que se habría presentado por la designación hecha por el presidente Iván Duque.

"Así las cosas, es evidente que, respecto de los derechos del señor Daniel Quintero Calle que presuntamente han sido vulnerados, el escrito de tutela no reúne los requisitos establecidos por la Corte Constitucional en materia de legitimación en la causa por activa, toda vez que, al no acreditarse la calidad de representante legal, apoderado judicial o agente oficioso del titular de los mismos, es evidente que no le asiste al accionante, basado en apreciaciones subjetivas y motivaciones personales, facultad sustancial para solicitar la protección inmediata de derechos ajenos", dice el concepto de la Procuraduría.

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Finalmente, la Procuraduría señala que es necesario tener en cuenta que tanto Daniel Quintero, como el movimiento político por medio del cual fue electo Alcalde, presentaron acción de tutela ante el Consejo de Estado "bajo los mismos presupuestos fácticos que nos ocupan (amparo de los derechos al debido proceso, a elegir y ser elegido, igualdad, etc.)".

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