política
Reforma laboral: así quedaría la jornada diurna y nocturna
Conozca cómo quedará la jornada diurna y nocturna con la reforma laboral del Gobierno de Gustavo Petro.
El pasado 24 de agosto, la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, radicó el proyecto de la reforma laboral, de manera no pública, es decir, sin un acto pomposo como fue en marzo pasado y sin medios de comunicación, algo que provocó diversas reacciones entre los miembros del Congreso.
Sobre esta reforma, la ministra ya había asegurado que se respetará la reducción progresiva de 24 horas semanales, por lo que los trabajadores deben cumplir como máximo 8 horas diarias laborales.
“En nuestra reforma laboral limitamos la jornada máxima legal a 8 horas diarias en cumplimiento de recomendaciones del Comité de Expertos de la Organización Internacional del Trabajo”, dijo la mandataria.
Sobre la jornada nocturna, la ministra indicó que solo el 11,4% de las empresas en Colombia cuentan con este horario, debido a esto, la reforma seguirá pro ese camino con una jornada nocturna comience a partir de las 6 y 7 de la noche.
Por otro lado, la jornada diurna iniciará a las 6 de la mañana y culminará a las 7 de la noche.
“Mantuvimos la ponencia mayoritaria de la anterior legislatura y por consiguiente la jornada diurna se inicia a las 6 de la mañana y culmina a las 7 de la noche, a partir del reconocimiento de que el mayor costo para una empresa está entre 6 y 7 de la noche”, dijo la ministra de Trabajo.
¿Cómo se pagarán las horas extras dominicales si se aprueban?
Este nuevo proyecto consta de 92 artículos que introducen importantes cambios y modificaciones, en particular en relación con el cálculo de los recargos nocturnos y los horarios de la jornada laboral. Sin embargo, algunas propuestas del primer proyecto de reforma laboral se mantienen en esta nueva propuesta.
- Recargo Nocturno: Si este segundo proyecto es aprobado, y la jornada laboral se extiende más allá de las 7:00 p.m., cada hora trabajada tendría un valor adicional del 35% sobre el valor ordinario de una hora, conforme al Código Sustantivo del Trabajo vigente.
- Recargo en Dominicales y Festivos: La propuesta también tiene implicaciones en los recargos por trabajar en días dominicales y festivos. En caso de aprobación, los empleados podrían cobrar un recargo del 100% sobre el valor de la hora diaria ordinaria, lo que significa que ganarían el doble que en un día laboral común. Actualmente, este pago se realiza sobre un 75%.
Además, el proyecto establece que estos cambios se implementarían de forma gradual en un plazo máximo de tres años, de la siguiente manera:
- A partir de julio de 2024, el recargo por trabajar en días de descanso obligatorio o festivos aumentaría al 80%.
- A partir de julio de 2025, este recargo se elevaría al 90%.
- A partir de julio de 2026, todas las empresas deberían aplicar un recargo del 100%.
Porcentajes Actuales de Horas Extras y Recargos:
- Hora extra diurna: 25% de recargo.
- Trabajo extra nocturno: 75% de recargo.
- Recargo nocturno: 35% de recargo.
- Recargo dominical y festivo: 75% de recargo.
- Trabajo nocturno en domingos y festivos: 110% de recargo.
- Trabajo extra nocturno en domingos y festivos: 150% de recargo.
La reforma laboral ya genera confrontación en el Congreso
Y así como la ministra defendió el nuevo trámite de esta propuesta del gobierno, su principal crítica en la Cámara, el representante por el Centro Democrático, Andrés Forero, de inmediato presentó sus primeros comentarios a la iniciativa.
Para Forero, “la forma en que se radicó la nueva reforma laboral es bastante elocuente. Por un lado, la ministra la radica prácticamente a escondidas, sola. Incluso, sin el conocimiento de la propia bancada de Gobierno y el día en que el Presidente de la República le hace un nuevo desplante al empresariado colombiano”.
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