SERVICIOS PÚBLICOS
Revelan detalles sobre suspensión de decreto con el que Petro asumía regulación de servicios
El Consejo de Estado anunció en la noche del jueves que decidió suspender cautelarmente el decreto que le otorgaba al presidente Gustavo Petro las facultades para asumir el control de los servicios públicos.
El Consejo de Estado dio nuevos detalles este viernes sobre la decisión anunciada el jueves en la noche de suspender el decreto presidencial con el que el presidente Gustavo Petro asumió directamente la función de regular las tarifas de los servicios públicos.
La decisión fue tomada con base en una demanda presentada por los abogados Julián David Solorza Martínez y Lucas Arboleda Henao, quienes solicitaron que se adoptara la suspensión del decreto 227 de 16 de febrero de 2023, teniendo en cuenta que era abiertamente contrario a la Constitución.
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Según expresó el magistrado Roberto Serrato Valdés, consejero de Estado a cargo de la sustanciación del proceso, fueron dos los argumentos en los que se sustentó la decisión de suspensión provisional.
Inicialmente, se encontró que se limitó sin justificación alguna la publicidad del proyecto regulatorio, así como la restricción del derecho a la participación ciudadana, pues solo se publicó durante dos días y no quince días como lo señalan las normas aplicables.
“No se justificó, de manera adecuada y razonada, el motivo por el cual se limitó la publicidad del proyecto regulatorio, así como la restricción a la participación ciudadana en la etapa previa a la emisión de la decisión administrativa, lo que condujo a la vulneración de los principios de transparencia y publicidad”, expresó el magistrado Serrato.
Por otra parte, para el Consejo de Estado es claro que la función de regulación de los servicios públicos son materia tanto del legislador, que sería el Congreso de la República, como del primer mandatario y no de manera autónoma por parte del presidente Gustavo Petro, como se expresó en el decreto.
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Según expresó el magistrado, “el presidente de la república no podía reasumir funciones que se consideró que no eran de su competencia”.
Por lo tanto, con esta decisión emitida por la corporación, serán las comisiones de regulación de los servicios públicos domiciliarios quienes seguirán ejerciendo, de manera ordinaria, todas las funciones que le fueron asignadas.