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JUSTICIA ESPECIAL DE PAZ

JEP decide no extraditar a 'Santrich' y ordena su liberación inmediata

El tribunal indicó que las pruebas no permiten evaluar la conducta por las que es requerido el exguerrillero y líder del partido Farc.

15 de mayo de 2019 Por: Colprensa 
En la registraduría se llevó acabo la inscripción de Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común. | Foto: Colprensa

La Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, decidió aplicar la garantía de no extradición para el exintegrante de  las Farc, Seuxis Paucias Hernández, más conocido como Jesús Santrich, quien actualmente se encuentra en un centro de reclusión.

Además, esa justicia transicional le ordenó a la Fiscalía General de la Nación realizar todos los trámites necesarios para dejar en libertad a quien fue uno de los principales comandantes de la antigua organización guerrillera.

'Jesús Santrich', quien fue capturado por las autoridades el 9 de abril de 2018 en Bogotá, actualmente es requerido por una corte de Estados Unidos por estar supuestamente involucrado con delitos relacionados con el narcotráfico.

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En este caso, la decisión de la JEP asegura que 'Santrich' no puede ser extraditado a los Estados Unidos, aunque esta decisión podría ser apelada por la Procuraduría General de la Nación, ya que durante este proceso ha pedido que el exguerrillero sea enviado a responder ante la justicia estadounidense.

En una publicación en su cuenta de Twitter, la Jurisdicción Especial para la Paz confirmó la decisión: 

Por su parte, el líder del partido Farc, celebró el anuncio de la Jurisdicción Especial de Paz.

"Creo que la decisión de la JEP ha sido la estocada final para que se derrumbe ese sucio montaje que hizo el Departamento de Estado y la Fiscalía General de la Nación contra mí", dijo a través de un audio entregado a varios medios de comunicación.

Esta determinación de no extraditarlo fue apelada por la Procuraduría, que considera que este caso debería ser decidido por la Corte Suprema de Justicia. Ahora, el Ministerio Público tendrá 5 días para sustentar su apelación, que será decidida por la Sección de Apelaciones de la JEP en un máximo de 30 días hábiles.

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