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Procuraduría General de la Nación. | Foto: Colprensa - El País

Valle

Procuraduría formula cargos contra alcaldesa de Ansermanuevo, Lina Maria Barco, ¿por qué?

De acuerdo con el ente de control, la mandataria de este municipio del Valle del Cauca, al parecer, vulneró el principio de moralidad.

25 de junio de 2023 Por: El País

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra la alcaldesa de Ansermanuevo, Valle, Lina María Barco Rodríguez, por presuntamente omitir en la vigencia 2022 la suscripción del convenio interadministrativo que permitiera destinar recursos para atender a personas sindicadas con detención preventiva o que han sido condenadas.

La decisión se tomó luego de que la Provincial de Instrucción de Cartago adujera que la mandataria municipal se pasó por alto su obligación de establecer un acuerdo con el Instituto Nacional Penitenciario (Inpec) y la Unidad de Servicios Penitenciarios (Uspec), teniendo en cuenta que Ansermanuevo, Valle, carece de un centro carcelario.

Procuraduría formuló cargos a la alcaldesa de Ansermanuevo, Lina María Barco.
La alcaldesa de Ansermanuevo, Lina María Barco. | Foto: Alcaldía de Ansermanuevo

Asimismo, el ente de control indicó que la alcaldesa Barco no tuvo en cuenta la necesidad de aunar esfuerzos humanos, administrativos, jurídicos, tecnológicos y logísticos entre el ente territorial y las entidades mencionadas, por lo que pudo incurrir en el incumplimiento de su deber funcional de conservar el orden público.

Por último, el Ministerio Público sostuvo que la mandataria municipal, al parecer, vulneró el principio de moralidad, por tal motivo, calificó de manera provisional la presunta conducta como falta grave a título de culpa gravísima.

Procuraduría General de la Nación
Procuraduría General de la Nación | Foto: Colprensa

Formulan cargos contra exalcalde de Tierralta, Córdoba

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el alcalde de Tierralta Córdoba (2014 -2019), Fabio Leonardo Otero Avilés y el secretario de Gobierno para el mismo período, Willingtón Ortiz Naranjo, por su presunta responsabilidad en la muerte de la lideresa social, María Pilar Hurtado Montaño, ocurrida el 21 de junio de 2019.

Es la primera vez en el país que un alcalde es acusado disciplinariamente por no haber protegido a una lideresa social.

Al momento de su asesinato, Hurtado trabajaba como recicladora y al mismo tiempo lideraba un grupo de personas, especialmente mujeres reclamantes de tierras que para ese momento estaban ocupando un lote en jurisdicción de ese municipio, cuyo propietario era padre del alcalde investigado.

| Foto: Tomada de Twitter

Días después de haber recibido un panfleto firmado por las “Autodefensas Gaitanistas de Colombia”, en el que la amenazaban de muerte con nombre propio y que puso de inmediato en conocimiento de las autoridades, la mujer fue asesinada por un sicario.

Según el análisis de diversas pruebas conocidas por el Ministerio Público, entre ellas algunos testimonios de personas relacionadas con el Clan del Golfo, el homicidio de la señora Hurtado habría sido ordenado por un comandante de ese grupo ilegal, que delinque en la región, como retaliación por la toma del predio en cuestión.

Asimismo, la Procuraduría logró establecer que Hurtado era una lideresa social reconocida por esa administración municipal, que ya había asistido oficialmente al menos a una reunión citada por el alcalde, y no una extorsionista, como habrían tratado de hacerla ver sus verdugos para justificar su muerte.

¿Quién era María del Pilar Hurtado?

María del Pilar Hurtado Montaño, (Puerto Tejada, Cauca, 1985-Tierralta, Córdoba, 2019) fue una destacada líder comunitaria y social que trabajaba por reivindicar los derechos de los desplazados y de las víctimas.

El cuerpo de María del Pilar Hurtado Montaño llegó a Puerto Tejada en la mañana del domingo, gracias al apoyo de la Gobernación del Cauca para su traslado. | Foto: Foto: Agencia EFE

Omisión de deberes

El cargo endilgado a exalcalde y exsecretario de Gobierno está relacionado con la omisión de sus deberes, como autoridades del municipio, por no diseñar estrategias ni tomar las medidas necesarias para mantener el orden público y proteger la vida y los derechos de la lideresa social.

Al exalcalde Otero Avilés se le endilgó un segundo cargo por posible conflicto de intereses al haber intervenido (Por acción u omisión) en un asunto en el que su padre tenía interés particular y directo, como lo era la invasión del predio de su propiedad.

Las faltas fueron calificadas de manera preliminar como graves, a título de culpa gravísima, ya que estos incurrieron en una desatención elemental de sus obligaciones y funciones.

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