La Procuraduría General de la Nación estableció este lunes un plazo de cinco días para que las Alcaldías de Cali, Bogotá y Medellín respondan por el posible incumplimiento del fallo de la Corte Constitucional en el que establece los lineamientos para el cobro de infracciones por fotomultas.
Así lo dio a conocer el ente de control a través de un comunicado, en el que señala que "quejas de ciudadanos dan cuenta de que las alcaldías no estarían cumpliendo el fallo".
A través de la sentencia C-038 de 2020, la Corte Constitucional declaró inexequible el parágrafo 1 del artículo 8 de la Ley 1843 de 2017 que permite imponer a través de las cámaras de la fotodetección la multa a la placa del vehículo y no al conductor.
"En su decisión la Corte estableció que la responsabilidad es individual y, por lo tanto, los fotocomparendos se deben poner a quien está conduciendo y comete la infracción", señala la Procuraduría en su comunicado.
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El secretario de Movilidad de Cali, así como los titulares de estas carteras en Bogotá y Medellín, deberá presentar en los próximos cinco días "las medidas adoptadas adoptadas para evitar la imposición de infracciones dudosas o inexistentes a los ciudadanos" a la Procuraduría.