La Alcaldía de Cali emitió este lunes el decreto por el que se toman nuevas medidas para disminuir el riesgo de contagio de coronavirus, ante las disposiciones consignadas por el Gobierno Nacional en la circular conjunta de los Ministerio de Salud y del Interior publicada el pasado domingo.
El presidente Iván Duque aseguró que "la situación epidemiológica del país ha presentado incrementos para algunos municipios en las últimas semanas. Asimismo, existe el riesgo de un nuevo ascenso nacional en las próximas semanas. Por lo tanto, debemos actuar, prevenir y tomar decisiones oportunas". De ahí que se ordenó la aplicación de las medidas restrictivas del toque de queda y el 'pico y cédula' en municipios con ocupación de Unidades de Cuidados Intensivos, UCI, superior al 50 %.
En rueda de prensa, este lunes el alcalde Jorge Iván Ospina manifestó que Cali se acoge a lo dispuesto por el Gobierno Nacional y posteriormente emitió el decreto 4112.010.20. 0175, donde se indica que estas medidas tienen vigencia hasta el 19 de abril de 2021 pero, como aseguró el mandatario, "estaremos revisando este toque de queda rápidamente y si los indicadores de ocupación de UCI o el número de contagiados se incrementa o se reduce, tomaremos decisiones".
A continuación respondemos las principales dudas en torno a estas medidas:
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¿En qué horario regirá el toque de queda en Cali?
De acuerdo con lo consignado por la Alcaldía de Cali en el decreto 4112.010.20. 0175, desde el 5 y hasta el 19 de abril de 2021 el toque de queda en la capital vallecaucana inicia a las 8:00 p.m. y finaliza a las 5:00 a.m. del día siguiente.
Durante el toque de queda no estarán habilitadas las canchas, parques recreodeportivos, parques biosaludables, polideportivos, gimnasios, clubes sociales y deportivos, centros deportivos y demás escenarios de este tipo.
¿Cómo funciona el 'pico y placa' en Cali?
La medida de la restricción a la movilidad de vehículos particulares en la capital vallecaucana seguirá funcionando en los horarios de 6:00 a 10:00 a.m. y de 4:00 a 8:00 p.m. No obstante, en el decreto emitido este lunes por la Alcaldía de Cali se indicó que los automotores, en el día en que se les aplique la restricción, tendrán hasta las 9:00 p.m. para movilizarse con el fin de facilitar el regreso a casa de los ciudadanos.
¿Quiénes están exceptuados de la medida del toque de queda?
Durante el toque de queda tienen autorización para circular, presentando la debida acreditación o justificación de sus funciones ante las autoridades cuando estas lo requieran, estos profesionales:
- Profesionales de la salud.
- Trabajadores de la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de alimentos, bebidas, medicamentos, productos de salud y de primera necesidad.
- Organismos de socorro.
- Trabajadores de vigilancia, seguridad privada y celaduría.
- Profesionales de los medios de comunicación.
- Servidores públicos y contratistas del Estado.
- Personal que trabaja en transporte, suministro y distribución de combustibles.
- Trabajadores de los servicios funerarios, entierros y cremaciones.
- Personal que trabaja en los sistemas de transporte público.
- Personal que labora por turnos en empresas que adelantan sus procesos productivos 24/7.
- Vehículos destinados al control de tráfico y grúas.
- Las personas que brindan asistencia a adultos mayores, personas enfermas con cuidados especiales y personas en condición de discapacidad.
- Domiciliarios.
- Trabajadores del sector de la construcción, obras de infraestructura de transporte y obra pública, así como quienes suministran materiales e insumos para la ejecución de las obras.
- Personal que desarrolla las actividades necesarias para la prestación de los servicios públicos.
- Atletas de alto rendimiento y profesionales que podrán entrenar en escenarios de alto rendimiento previa autorización de la Secretaría de Deporte.
¿Cuáles son las actividades excluidas del toque de queda?
Durante las 8:00 p.m. y las 5:00 a.m. en Cali se podrán movilizar los ciudadanos en caso de:
- Asuntos de fuerza mayor y caso fortuito.
- Emergencias veterinarias.
- Desplazamiento por viajes en transporte aéreo y terrestre, debidamente acreditado ante las autoridades cuando estas lo requieran.
- Una persona por núcleo familiar podrá sacar a pasear a las mascotas y animales de compañía.
- Se permite la comercialización de los productos de establecimientos y locales gastronómicos por domicilio, para llevar y su venta a través de plataformas electrónicas, distribución y entrega a domicilio.
- La actividad de la industria hotelera.
- Los usuarios de establecimientos gastronómicos podrán desplazarse hasta dos horas después de iniciado el toque de queda en Cali. Tenga en cuenta que las autoridades podrán solicitar la factura de compra para verificar la prestación del servicio.
- Los restaurantes y bares tendrán dos horas -después de iniciado el toque de queda- para realizar las operaciones de cierre de la actividad presencial del establecimiento.
En Cali no se ha decretado la ley seca, pero sí está prohibido el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos. Se admite el consumo de licor en restaurantes y su comercialización a través de domicilios.
¿Cómo funciona el 'pico y cédula' en Cali?
Los caleños podrán acceder a establecimientos comerciales, entidades bancarias y financieras, notarías y lugares para la atención de los usuarios de instituciones públicas o privadas de acuerdo al último dígito de su cédula, de la siguiente manera:
¿Cuáles actividades están exentas del 'pico y cédula'?
- Trabajadores que prestan el servicio de salud, debidamente identificados.
- Servicios de tránsito.
- Hoteles, gimnasios y establecimientos gastronómicos.
- Los servicios notariales, bancarios, financieros y administrativos que requieran la comparecencia de dos o más personas.
- Las personas que brindan apoyo a adultos mayores, personas en condición de discapacidad o enfermos con tratamientos especiales que requieran acompañamiento para realizar actividades o trámites.
- Trámites para pago en la Subdirección de Impuestos y su oficina técnica, la Subdirección de Tesorería y sus dos oficinas técnicas, así como en cualquiera de los Centros de Atención Local Integrada, Cali.
¿Qué debe tener en cuenta a la hora de practicar deporte al aire libre?
- Uso permanente del tapabocas.
- Portar el kit de bioseguridad.
- Mantener una distancia mínima de 5 metros con otras personas.
- No hacer deporte en parejas o grupos.
- Portar hidratación para su uso individual.
- Realizar la actividad deportiva a 1 kilómetro de la vivienda.
- No compartir elementos como toallas, lazos, termos, líquidos y comida, entre otros.
En el decreto también se prohibió la realización de reuniones o actividades que impliquen aglomeraciones en espacios públicos. Se incrementarán los controles para evitar la realización de fiestas y reuniones en general.