Pliego de cargos le fue formulado a Carlos Eduardo Calderón Llantén, exdirector del Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente (Dagma), por parte de la Personería Distrital de Cali.
El ente de control sostuvo que la medida se tomó por un presunto incumplimiento en el ejercicio de sus funciones, al haber autorizado el pago de un contrato de obra en 2020, sin que se hubiera cumplido a cabalidad con el objeto del mismo.
El pago habría sido entregado de manera irregular al Consorcio Arbolito 2019.
“La falta fue calificada provisionalmente como grave a título de culpa gravísima. Luego de haber sido notificado el pliego de cargos, el expediente se asignará a la Personera Delegada encargada del juzgamiento de los funcionarios públicos para que continúe con el proceso disciplinario”, manifestó la Personería a través de un comunicado publicado hoy.
Asimismo, se sostuvo que, durante la etapa de juzgamiento, el investigado podrá presentar descargos y aportar o solicitar pruebas, “si lo estima conveniente”.
Otros procesos en su contra
Carlos Eduardo Calderón Llantén fue el primer director del Dagma de la administración de Jorge Iván Ospina. Asumió desde enero del 2020 y allí estuvo hasta un año después, en enero del 2021, cuando la Personería lo suspendió por cuatro meses de su cargo por la celebración indebida de un contrato en 2020.
“El funcionario suscribió directamente el contrato No. 4133.010.26.1.260-2020, asignado a la empresa Transrecreativos S.A.S”. La decisión se tomó, según explicó el ente de control en su momento, por “omitir la realización de un proceso de selección para la escogencia del contratista. El objeto del proceso era contratar servicios de transporte para trasladar funcionarios, contratistas, herramientas, insumos y especímenes. Además, se suscribió en el marco de la Urgencia Manifiesta decretada por la Alcaldía de Cali a raíz de la pandemia originada por el Covid-19″, decía el comunicado.
Asimismo, Calderón Llantén también fue inhabilitado por trece años en junio del 2022 por parte de la Personería, además de la inhabilitación a otros funcionarios del Dagma por doce años.
Esto habría sido “debido a que en su calidad de miembros del Comité de Compensaciones Arbóreas, autorizaron la compensación en dinero de 186 individuos arbóreos, sin cumplir con el contenido del artículo quinto de la Resolución 4133.0.21.441 del 28 de mayo de 2014, que establece que -para el cumplimiento de la compensación por la afectación del componente forestal, el valor en dinero determinado será destinado a la realización de actividades de establecimiento, mantenimiento integral y manejo fitosanitario de la cobertura forestal y sobre el área de espacio público donde están establecidos-”.