En este documento, sostiene que los incrementos para los meses de enero y junio se van a mantener correspondientes a los años 2022 y 2023.
Por otro lado, el texto señala que dicho incremento se aplicará a los vehículos que transitan por los peajes, bajo la responsabilidad del Instituto Nacional de Vías (INVÍAS) y la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI).
Adicionalmente, la ANI deberá concluir, a más tardar el 31 de diciembre de 2024, la normalización del esquema tarifario estimado para ese momento. Este proceso se llevará a cabo “según las condiciones contractuales de cada caso”.
Previo a la expedición de las resoluciones de incremento gradual de las tarifas, el Ministerio de Transporte le tendrá que consultar tanto al Ministerio de Hacienda como al Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), con el fin de analizar las determinantes económicas e inflacionarias del país que sucedan durante el año 2024.
El decreto plantea la presentación y aprobación de planes de aportes parciales. La Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda, podrá aprobar por única vez y por cada contrato, los planes de aportes parciales que sean presentados por la ANI. Estos planes incluirán exclusivamente las posibles obligaciones contingentes derivadas del no incremento de tarifas de peaje en las estaciones a cargo de la ANI.
Por último, cabe recordar que como medida antiinflacionaria “mediante el Decreto 050 de 2023, el Gobierno Nacional decidió para el año 2023 no incrementar las tarifas de peaje a vehículos que transiten por el territorio nacional, por las estaciones de peaje a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías) y de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI)”, asegura el documento.