Existen diversas vías legales para impugnar una multa de tránsito, y el proceso resulta relativamente sencillo, permitiendo a los conductores hacer valer sus derechos en situaciones donde el comparendo haya sido impuesto de manera injusta o arbitraria.
Ángela Sánchez, senior de Peralta & Asociados Abogados, sugiere a los ciudadanos verificar la existencia de multas de tránsito a través del sistema Simit, una herramienta web que facilita el proceso de consulta utilizando el número de cédula de la persona. Sánchez explica que algunos comparendos pueden estar vigentes o en proceso de validación. Este último estado ocurre cuando se está en desacuerdo con la decisión y se está llevando a cabo el trámite de impugnación.
El primer paso para el proceso de impugnación consiste en entender qué tipo de infracción se le ha imputado al usuario. Existen multas manuales, impuestas por un agente de tránsito, y las digitales, realizadas por medios tecnológicos como las fotomultas.
Sergio Beltrán, gerente de Led Serd Abogados, destaca que en el primer caso, el ciudadano tiene hasta cinco días después de la imposición de la multa para comparecer ante el organismo de Tránsito, mientras que las fotomultas permiten un plazo de hasta once días desde la imposición del comparendo.
Antes de que venza el plazo, la persona multada debe acudir a la Secretaría de Movilidad correspondiente y expresar su desacuerdo con la infracción. Posteriormente, la entidad asignará una audiencia ante el inspector de Tránsito, brindando al conductor la oportunidad de argumentar por qué considera que la infracción no es justa.
La abogada Sánchez aconseja impugnar antes de pagar el comparendo, ya que, según explica, “una vez pagado, se asume que se cometió la infracción y no habrá lugar para la impugnación ni la devolución del dinero”.
En el caso de multas digitales, el proceso puede llevarse a cabo de manera virtual. Beltrán explica que las fotomultas pueden generarse en lugares distintos al domicilio del infractor, y, por lo tanto, se puede solicitar la virtualidad del proceso. Es importante tener en cuenta que las multas caducan y si después de un año no se recibe respuesta sobre la impugnación, el comparendo expira.
Ojo con las pruebas y los documentos
A la cita deberá llevar las pruebas concretas que demuestren el mal procedimiento, el comparendo injustificado o algún otro dato que pueda ayudarlo a demostrar la equivocación.
Tenga en cuenta que el infractor podrá presentar fotos, videos o testimonios que sustenten la reclamación.
No olvide que a esta citación debe llevar la cédula original y una copia de ella, al igual que dos copias del comparendo, el original y la licencia de conducción.
Recuerde que, en caso de que no obtengan una respuesta positiva a su petición, también puede utilizar el derecho de petición.
Si el fallo determina que quien reclama es inocente, el funcionario debe expedir una resolución donde se dé a conocer que se exonera a dicha persona del pago del comparendo.
Por medio de dicha resolución también se ordenará, de manera inmediata, descargar la sanción del sistema.
Si desea apelar una fotomulta que fue impuesta mientras otra persona manejaba su automóvil, recuerde que debe llevar a la audiencia pública pruebas para su versión y así las autoridades considerarán si tiene razón o no.